La ofensiva se da luego de que el magistrado ordenara un allanamiento a la empresa Hotesur, de la que la Presidenta Cristina Kirchner es accionista, por la falta de presentación de balances ante la Inspección General de Justicia (IGJ).
El senador oficialista Marcelo Fuentes recogió la denuncia pública realizada por la presidenta Kirchner en las redes sociales, que indica que el magistrado tendría una participación accionaria del 20 por ciento en la firma "Mansue SA", dedicada a la venta de combustible, y llevó el caso a la Justicia.
La presentación recayó en la Fiscalía en turno número 10 a cargo de Miguel Ángel Osorio, quien este jueves se prevé la envíe a sorteo para definir qué juzgado intervendrá.
La denuncia de Fuentes señala que Bonadío no puede formar parte de esa sociedad ya que, de acuerdo al Reglamento para la Justicia Nacional, el artículo 8° inciso j dispone que "los magistrados están especialmente obligados a "no ejercer el comercio ni actividad lucrativa alguna sin autorización de la respectiva autoridad de superintendencia", en este caso la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal.
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La ofensiva se da luego de que el magistrado ordenara un allanamiento a la empresa Hotesur, de la que la Presidenta Cristina Kirchner es accionista, por la falta de presentación de balances ante la Inspección General de Justicia (IGJ).
El senador oficialista Marcelo Fuentes recogió la denuncia pública realizada por la presidenta Kirchner en las redes sociales, que indica que el magistrado tendría una participación accionaria del 20 por ciento en la firma "Mansue SA", dedicada a la venta de combustible, y llevó el caso a la Justicia.
La presentación recayó en la Fiscalía en turno número 10 a cargo de Miguel Ángel Osorio, quien este jueves se prevé la envíe a sorteo para definir qué juzgado intervendrá.
La denuncia de Fuentes señala que Bonadío no puede formar parte de esa sociedad ya que, de acuerdo al Reglamento para la Justicia Nacional, el artículo 8° inciso j dispone que "los magistrados están especialmente obligados a "no ejercer el comercio ni actividad lucrativa alguna sin autorización de la respectiva autoridad de superintendencia", en este caso la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal.