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Abusó de su hermana y fue condenado a la pena de 8 años de prisión  

Los delitos denunciados sucedieron cuando la víctima tenía entre 5 y 10 años.

Lunes, 22 de abril de 2024 12:51

En un juicio abreviado, un sujeto identificado como G.A.N.W fue condenado a la pena de 8 años de prisión por ser autor penalmente responsable del delito de “Abuso sexual con penetración agravado por el vínculo y por tratarse de una persona menor de 18 años mediante el aprovechamiento de la convivencia preexistente y Abuso sexual simple agravado por el vínculo y por tratarse de una persona menor de 18 años mediante el aprovechamiento de la convivencia preexistente en concurso real”, ilícito que tuvo como víctima a su hermana.

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En un juicio abreviado, un sujeto identificado como G.A.N.W fue condenado a la pena de 8 años de prisión por ser autor penalmente responsable del delito de “Abuso sexual con penetración agravado por el vínculo y por tratarse de una persona menor de 18 años mediante el aprovechamiento de la convivencia preexistente y Abuso sexual simple agravado por el vínculo y por tratarse de una persona menor de 18 años mediante el aprovechamiento de la convivencia preexistente en concurso real”, ilícito que tuvo como víctima a su hermana.

De acuerdo a datos de la Físcalia, los hechos ocurrieron entre el 2 de julio de 2016 y 1 de julio de 2018, en un domicilio situado en el barrio Alto Comedero de San Salvador de Jujuy donde convivía junto a su hermana, que tenía entre 5 y 6 años de edad, y se aprovecha de ella.

Posteriormente, entre el 2 de julio de 2020 y 1 de julio de 2022, cuando la niña tenía entre 9 y 10 años de edad, en el domicilio antes mencionado, el acusado aprovechando la situación de convivencia preexistente con ella, llamó a la niña para que vaya a la pieza del fondo del domicilio e intentó abusar de la misma nuevamente.

El fallo fue dictaminado recientemente por el Tribunal con Función de Juicio integrado por las juezas María Margarita Nallar – presidenta de trámite-, Cecilia Sadir y Felicia Barrios; secretaría a cargo de Silvana Anún y Juan Manuel Aróstegui.

Constituidas en el recinto de audiencias de la Oficina de Gestión Judicial, las magistradas, además, le impusieron al sentenciado la obligación de abstenerse de ejercer actos perturbatorios por cualquier medio (telefónico, mensajes, WhatsApp o redes sociales) en contra del grupo familiar de la madre de la víctima, durante el plazo que dure la condena.

Asimismo, ordenaron el inmediato traslado de G.A.N.W. desde su lugar de detención al Servicio Penitenciario de la Provincia, para su alojamiento e incorporación al régimen de progresividad de la pena.

También resolvieron que, una vez firme y consentida la sentencia, se obtengan los perfiles genéticos del condenado a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.

 

Juicio Abreviado

El acusado fue juzgado mediante un juicio abreviado al hacer lugar las juezas a la solicitud de aplicar tal procedimiento especial, previsto por el Artículo 411 del Código Procesal Penal de la provincia.

El pedido fue formulado por el fiscal Aldo Lozano; el querellante Joaquín Campos, del Centro de Asistencia a la Víctima, en representación de la madre de la niña; el acusado y su abogado Esteban Salinas Saguir, Defensor Oficial Penal del Ministerio Público de la Defensa.

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