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18 de Mayo,  Salta, Centro, Argentina
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Hacia una mejor legislación

Domingo, 10 de junio de 2012 21:26

Días atrás, el Gobierno nacional, a través de la Secretaría de Comunicaciones, formalizó la resolución que ordena a las empresas de telefonía móvil a cobrar las llamadas solo desde el momento en que se concrete la comunicación y dispuso un plazo de 30 días para ajustarse a la normativa. “Establécese que el tiempo de tasación de las llamadas originadas en usuarios de servicios móviles comenzará desde el momento en que el abonado llamado contesta directamente o por medio de una casilla de mensajes, hasta el momento en que finaliza la comunicación”, dice la medida oficial en el primero de sus cuatro artículos.

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Días atrás, el Gobierno nacional, a través de la Secretaría de Comunicaciones, formalizó la resolución que ordena a las empresas de telefonía móvil a cobrar las llamadas solo desde el momento en que se concrete la comunicación y dispuso un plazo de 30 días para ajustarse a la normativa. “Establécese que el tiempo de tasación de las llamadas originadas en usuarios de servicios móviles comenzará desde el momento en que el abonado llamado contesta directamente o por medio de una casilla de mensajes, hasta el momento en que finaliza la comunicación”, dice la medida oficial en el primero de sus cuatro artículos.

Pero aún falta que se trate otro punto que es fundamental: el del fraccionamiento de las llamadas por segundo. Así, la fracción por segundo le evitará al usuario pagar por segundos que no utiliza. Actualmente, si un cliente realiza una llamada de un minuto y un segundo, se le facturan dos minutos.

El abogado salteño Daniel Paganetti, que inició una causa civil y penal por el tema del fraccionamiento de los minutos, aseguró, en diálogo con El Tribuno, que el proyecto elaborado por el diputado Bernardo Biella está en la Cámara de Diputados y que es un tema fundamental, que debe ser modificado en pos de respetar los derechos del consumidor, en tanto que el artículo 42 de la Constitución Nacional postula que es obligación del Gobierno velar por la defensa de los intereses del consumidor.

Estas dos medidas sobre telefonía celular constituyen viejos reclamos de las organizaciones de consumidores que nunca habían sido tenidos en cuenta por la autoridad regulatoria.

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