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15 de Mayo,  Salta, Centro, Argentina
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La Corte habilitó a Zamora para un tercer mandato

Sabado, 19 de octubre de 2013 20:13

El Superior Tribunal de Justicia de Santiago del Estero rechazó un recurso per saltum del Movimiento Santiago Viable de apelación ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, tras la decisión judicial de habilitar al gobernador Gerardo Zamora como candidato a un tercer mandato.
Fuentes judiciales señalaron que la resolución por unanimidad fue dictada por el STJ, integrado por Eduardo Llugdar, Raúl Juárez Carol, Sebastián Argibay, Armando Suárez y Gustavo Herrera, que confirmó la sentencia dictada por la jueza en lo Civil y Comercial de II Nominación, Andrea Suárez.
En su resolución del 13 de septiembre pasado, la magistrada declaró la inconstitucionalidad de la cláusula transitoria sexta de la Constitución Provincial y habilitó a Zamora a participar de las elecciones provinciales del domingo 27 de octubre, como candidato a gobernador por el Frente Cívico por Santiago (FCS).
Entre los considerandos de la resolución, la jueza Suárez indicó que existía ôuna situación de discriminación hacia Zamora reflejada en las cláusulas transitorias quinta y sexta“.
Sobre la cuestión planteada por el Movimiento Viable, que lidera el intendente de La Banda, Héctor Ruiz, el STJ indicó que ôse dispone un trato discriminatorio respecto al cómputo del primer mandato, al tiempo de la sanción y promulgación del texto constitucional reformado“.
En su extensa resolución de más de 90 páginas, el STJ sostiene que ôel pueblo de Santiago del Estero, en su conjunto, tiene la suficiente madurez para saber lo que pretende ante un hecho de singular trascendencia como lo es la elección de sus autoridades’’.
‘‘Hasta podría parecer un verdadero insulto a su inteligencia, pretender sustituir en definitiva su voluntad por el criterio u opinión personal de cinco magistrados que componen este alto cuerpo de justicia“, añade.
Para finalizar, el STJ indica que ôsin desmerecer atribuciones constitucionales conferidas y sin escapar a su responsabilidad de juzgar, la decisión radica en remover todos los obstáculos que imposibiliten que la verdadera decisión la tomen los únicos y verdaderos destinatarios de lo que en definitiva se decida, que es el pueblo“. (Télam).-

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El Superior Tribunal de Justicia de Santiago del Estero rechazó un recurso per saltum del Movimiento Santiago Viable de apelación ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, tras la decisión judicial de habilitar al gobernador Gerardo Zamora como candidato a un tercer mandato.
Fuentes judiciales señalaron que la resolución por unanimidad fue dictada por el STJ, integrado por Eduardo Llugdar, Raúl Juárez Carol, Sebastián Argibay, Armando Suárez y Gustavo Herrera, que confirmó la sentencia dictada por la jueza en lo Civil y Comercial de II Nominación, Andrea Suárez.
En su resolución del 13 de septiembre pasado, la magistrada declaró la inconstitucionalidad de la cláusula transitoria sexta de la Constitución Provincial y habilitó a Zamora a participar de las elecciones provinciales del domingo 27 de octubre, como candidato a gobernador por el Frente Cívico por Santiago (FCS).
Entre los considerandos de la resolución, la jueza Suárez indicó que existía ôuna situación de discriminación hacia Zamora reflejada en las cláusulas transitorias quinta y sexta“.
Sobre la cuestión planteada por el Movimiento Viable, que lidera el intendente de La Banda, Héctor Ruiz, el STJ indicó que ôse dispone un trato discriminatorio respecto al cómputo del primer mandato, al tiempo de la sanción y promulgación del texto constitucional reformado“.
En su extensa resolución de más de 90 páginas, el STJ sostiene que ôel pueblo de Santiago del Estero, en su conjunto, tiene la suficiente madurez para saber lo que pretende ante un hecho de singular trascendencia como lo es la elección de sus autoridades’’.
‘‘Hasta podría parecer un verdadero insulto a su inteligencia, pretender sustituir en definitiva su voluntad por el criterio u opinión personal de cinco magistrados que componen este alto cuerpo de justicia“, añade.
Para finalizar, el STJ indica que ôsin desmerecer atribuciones constitucionales conferidas y sin escapar a su responsabilidad de juzgar, la decisión radica en remover todos los obstáculos que imposibiliten que la verdadera decisión la tomen los únicos y verdaderos destinatarios de lo que en definitiva se decida, que es el pueblo“. (Télam).-

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