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Turistas francesas: abren una vía para revisar la condena de Vera

Domingo, 20 de marzo de 2016 01:30
En febrero la Sala III del Tribunal de Impugnación revocó el fallo dictado en 2014 y dispuso la pena de prisión perpetua para Gustavo Orlando Lasi, único detenido hasta entonces, y para Santos Clemente Vera, quien dos años antes había sido sobreseído. Los abogados de este último consideran inconstitucional la condena e iniciaron el trámite judicial para que se declare, precisamente, inconstitucional el fallo de la Sala III y Vera pueda quedar libre o ser juzgado nuevamente.
Los jueces del Tribunal de Impugnación declararon la admisibilidad del recurso, ahora será la Corte de Justicia de Salta la que analice el pedido.
"A nosotros nos pareció que la nueva sentencia es inconstitucional y arbitraria porque se debía dar lugar a que Vera asuma una nueva defensa, discuta su situación procesal porque es un derecho de todo acusado, el de ser oído", explicó el doctor Roberto Reyes, uno de los defensores de Clemente Vera.
"En segundo lugar se habría violado el principio de la inmediación procesal, se trata de la necesidad que tiene el juez de tomar contacto directamente con los testigos. El Tribunal de Impugnación no puede valorar una pericia sin tener contacto con el perito que realizó el informe, a través de estas acciones el margen de error es menor al momento de la valoración de la prueba. Es necesario que el juez convoque a los peritos, a las partes para tener una visión más acabada del informe y no se haga una valoración del informe por el informe mismo", apuntó Reyes. El doctor consideró que Vera no fue escuchado ni tuvo un debido proceso, puntos claves en la presentación del recurso.
Por el lado de Daniel Octavio Eduardo Vilte Laxi, otro de los tres juzgados por el doble crimen de las turistas francesas Cassandre Bouvier y Houria Moumni, fue sobreseído por el "beneficio de la duda", cuestión que llevó a su abogado defensor, Marcelo Arancibia, a presentar un recurso de casación para que el sobreseimiento de su defendido resulte "liso y llano". Sin embargo, el Tribunal de Impugnación decidió no hacer lugar al pedido de Arancibia.
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En febrero la Sala III del Tribunal de Impugnación revocó el fallo dictado en 2014 y dispuso la pena de prisión perpetua para Gustavo Orlando Lasi, único detenido hasta entonces, y para Santos Clemente Vera, quien dos años antes había sido sobreseído. Los abogados de este último consideran inconstitucional la condena e iniciaron el trámite judicial para que se declare, precisamente, inconstitucional el fallo de la Sala III y Vera pueda quedar libre o ser juzgado nuevamente.
Los jueces del Tribunal de Impugnación declararon la admisibilidad del recurso, ahora será la Corte de Justicia de Salta la que analice el pedido.
"A nosotros nos pareció que la nueva sentencia es inconstitucional y arbitraria porque se debía dar lugar a que Vera asuma una nueva defensa, discuta su situación procesal porque es un derecho de todo acusado, el de ser oído", explicó el doctor Roberto Reyes, uno de los defensores de Clemente Vera.
"En segundo lugar se habría violado el principio de la inmediación procesal, se trata de la necesidad que tiene el juez de tomar contacto directamente con los testigos. El Tribunal de Impugnación no puede valorar una pericia sin tener contacto con el perito que realizó el informe, a través de estas acciones el margen de error es menor al momento de la valoración de la prueba. Es necesario que el juez convoque a los peritos, a las partes para tener una visión más acabada del informe y no se haga una valoración del informe por el informe mismo", apuntó Reyes. El doctor consideró que Vera no fue escuchado ni tuvo un debido proceso, puntos claves en la presentación del recurso.
Por el lado de Daniel Octavio Eduardo Vilte Laxi, otro de los tres juzgados por el doble crimen de las turistas francesas Cassandre Bouvier y Houria Moumni, fue sobreseído por el "beneficio de la duda", cuestión que llevó a su abogado defensor, Marcelo Arancibia, a presentar un recurso de casación para que el sobreseimiento de su defendido resulte "liso y llano". Sin embargo, el Tribunal de Impugnación decidió no hacer lugar al pedido de Arancibia.

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