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Dos médicos salteños condenados e inhabilitados para ejercer la profesión por homicidio culposo

Jueves, 21 de abril de 2016 13:42

El juez Marcelo Rubio, vocal de la Sala V del Tribunal de Juicio, condenó en proceso unipersonal a Pantaleón Saladino a la pena de dos años de prisión condicional y cinco años de inhabilitación especial para el ejercicio de la medicina por resultar autor material y responsable del delito de homicidio culposo en perjuicio de María Silvia Nazar.

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El juez Marcelo Rubio, vocal de la Sala V del Tribunal de Juicio, condenó en proceso unipersonal a Pantaleón Saladino a la pena de dos años de prisión condicional y cinco años de inhabilitación especial para el ejercicio de la medicina por resultar autor material y responsable del delito de homicidio culposo en perjuicio de María Silvia Nazar.

El juez condenó también a Luis Alberto Folco a la pena de un año de prisión condicional y cinco años de inhabilitación especial para el ejercicio de la medicina por resultar autor material y responsable del delito de homicidio culposo en perjuicio de María Silvia Nazar.

A ambos imputados, el juez les impuso la condición de fijar y mantener domicilio debiendo comunicar cualquier cambio al Tribunal dentro de las 48 horas.

En el fallo, Emilio Raúl Benítez resultó absuelto lisa y llanamente del delito de homicidio culposo por el que había llegado requerido a juicio. Por su parte, Antonio Javier Di Pasquo y José Enrique Bocchio fueron absueltos por no mediar acusación fiscal.

Con respecto a la demanda civil presentada, el juez condenó a Pantaleón Saladino y a Luis Alberto Folco al pago en forma solidaria de la suma de 2.300.000 pesos, discriminados de la siguiente manera: 400 mil pesos a favor de Jorge Antonio Nazar, 400 mil pesos a favor de Silvia Graciela Cano y 1.500.000 pesos a favor de la menor A.V.N. (hija de la víctima).

Asimismo, el juez rechazó la demanda en relación a Emilio Raúl Benítez y tuvo por desistida la demanda en relación a Antonio Javier Di Pasquo y José Enrique Bocchio.

También rechazó el pedido de remisión de antecedentes al fiscal penal de turno y al Tribunal de Ética del Colegio de Abogados de Salta respecto a la actuación del doctor Marcelo Hessling.

Finalmente, ordenó remisión de los antecedentes al fiscal penal de turno para que se investigue la conducta del médico psiquiatra mencionado en la causa.

Cómo ocurrió

El 15 de abril de 2015 María Silvia comenzó a sentir los primeros dolores de cabeza. Como al día siguiente amaneció mejor, fue a clase en la universidad pero allí sufrió una descompensación por lo que su padre, Jorge Nazar, la retiró y la llevó al Sanatorio Parque. Allí fue atendida por Pantaleón Saladino quien luego de revisarla dijo que se trataba de un típico caso de estrés por exceso de estudio, le recetó novalgina y tafirol y que descanse. Incluso le ordenó y analizó una tomografía sin alterar el diagnóstico. “Ella hora a hora estaba peor, tenía comportamientos raros y agresivos y no coordinaba bien”, dijo Silvia Cano, madre de la víctima. Ante este cuadro, el padre contó que volvió a ver a Saladino pero que lo atendió muy rápido, por lo que hora después recurrieron a Folco. El diagnóstico fue el mismo.

La joven siguió empeorando. Has ta que en el sanatorio Parque el doctor Hessling fue el primero de todos los que atendieron a la joven en descubrir que padecía encefalitis herpética (infección grave del sistema nervioso central). Agregaron que, según el profesional, deberían haberla medicado con Acyclovir pero que ya era tarde, asi que debía sacarla de ese sanatorio. La joven ingresó muy grave al hospital San Bernardo, allí falleció.

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