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18 de Mayo,  Salta, Centro, Argentina
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El límite razonable

Martes, 04 de abril de 2017 00:00

No hay nada más inmenso que la autodeterminación responsable. Es una parte esencial de la naturaleza del hombre que debió reconocerse, reconquistarse, conservarse y garantizarse a fuerza de revoluciones, de clamores y luchas a lo largo de toda nuestra historia; y que el hombre acarreó al mundo con el suspiro de la propia existencia.

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No hay nada más inmenso que la autodeterminación responsable. Es una parte esencial de la naturaleza del hombre que debió reconocerse, reconquistarse, conservarse y garantizarse a fuerza de revoluciones, de clamores y luchas a lo largo de toda nuestra historia; y que el hombre acarreó al mundo con el suspiro de la propia existencia.

Sin embargo, las diferentes perspectivas de la libertad, como la de expresión, han tenido limitaciones de distintos tipos y muy razonables, pues ningún derecho es absoluto o, en todo caso, lo es en la medida en que no interfiera con la vida en comunidad, pues sabemos que el hombre no vive, sino convive. Así, si bien el dicho popular que expresa que los derechos de uno terminan cuando comienzan los de los otros es erróneo en cuanto a su concepción estática y casi geométrica del Derecho, la realidad es que el despliegue de la libertad de expresión a menudo debe enfrentarse al ejercicio de otros principios y derechos reconocidos constitucionalmente, de manera que se vuelve necesario una interpretación armónica de nuestro sistema jurídico.

En este sentido, el Pacto de San José de Costa Rica reprime toda propaganda en favor de la guerra y toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituyan incitaciones a la violencia o cualquier otra acción ilegal similar contra cualquier persona o grupo de personas, por ningún motivo.

Es que la legislación debe amparar al orden público y a la paz social, preservando valores como la tolerancia, la solidaridad y la convivencia, para no hacer ilusoria la vida en democracia; todo lo cual fue considerado por nuestra jurisprudencia en diversos casos como en Telefé, Mallo, Vergara y Ekmekdjian, en donde en definitiva se reputó constitucional un límite razonable a la libertad de expresión.

Esto nos demuestra la equivocada manera en que cierto sector radical de feminismo se expresa en sus manifestaciones callejeras, desbordando su libertad de expresión al ridiculizar a la Iglesia Católica o a los símbolos patrios, en detrimento del respeto a otros valores que el resto de la sociedad tiene derecho a conservar; lo que debe ser verificado y sancionado por la justicia en pos de restablecer el orden quebrado por tal accionar, pues, en definitiva, debe quedarnos claro que la libertad que impera en el foro de las ideas nunca será libertad para ofender sentimientos individuales o sociales.

 

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