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El Concejo Deliberante sancionó la ordenanza que prohíbe la venta bombas de estruendo

Se reglamentó la prohibición de la venta, utilización, tenencia y/o fabricación de morteros con bombas, bombas de estruendo o artículos de iguales características.
Jueves, 18 de mayo de 2017 20:40

Luego de la gran repercusión que causo el incidente con el perro Malevo, una buena noticia para las organizaciones proteccionistas de animales y para personas con autismo. En la sesión ordinaria de ayer, el Concejo Deliberante de Salta sancionó la ordenanza que introduce modificaciones en el artículo N° 25 de la Ordenanza N° 11.666, sobre reglamentación de uso de pirotecnia. De esta manera se incluye la prohibición de la venta, utilización, tenencia y/o fabricación de los tipos de artificios pirotécnicos denominados: morteros con bombas, bombas de estruendo o de iguales características. Sean éstos o no de venta libre, controlada y/o de fabricación autorizada.

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Luego de la gran repercusión que causo el incidente con el perro Malevo, una buena noticia para las organizaciones proteccionistas de animales y para personas con autismo. En la sesión ordinaria de ayer, el Concejo Deliberante de Salta sancionó la ordenanza que introduce modificaciones en el artículo N° 25 de la Ordenanza N° 11.666, sobre reglamentación de uso de pirotecnia. De esta manera se incluye la prohibición de la venta, utilización, tenencia y/o fabricación de los tipos de artificios pirotécnicos denominados: morteros con bombas, bombas de estruendo o de iguales características. Sean éstos o no de venta libre, controlada y/o de fabricación autorizada.

El autor de la iniciativa, el concejal Cánepa señaló durante el tratamiento de la iniciativa: “El objetivo de la norma es mejorar la convivencia en la ciudad. Ya que el impacto sonoro de este tipo de artificios pirotécnicos provoca inconvenientes a personas con autismo, a quienes padecen enfermedades, a los recién nacidos y a las mascotas”. Además, sostuvo: “Entendemos por lo argumentado, que es necesario regular este tipo de bombas que generan más de 150 decibeles, rompiendo el esquema básico de contaminación sonora que tiene la ciudad y provocando efectos negativos en la sociedad”. 

El segundo articulado de la iniciativa también prevé modificaciones a las sanciones de la mencionada Ordenanza, con multas que van desde las 500 hasta las 4000 Unidades Tributarias, dependiendo del tipo de infracción, su gravedad y la reincidencia en la falta.

La concejal Socorro Villamayor (Por Salta) también se refirió a la iniciativa, sosteniendo: “Esta normativa es sumamente importante porque es el puntapié inicial para finalmente lograr suprimir definitivamente la pirotecnia”. La concejal Frida Fonseca Lardies (PJ) también tomó la palabra para apoyar la iniciativa, afirmando: “La idea es erradicar una forma de recreación riesgosa para la integridad física y psicológica, por eso el DEM debe avanzar en medidas concretas para generar una ciudad más segura”. 

Por su parte, el concejal Ángel Ortiz (UCR) manifestó su rechazo, señalando: “La única forma en la que podría acompañar la iniciativa sería si consignara que en los próximos 12 meses se prohibirá la pirotecnia en forma total”. En similar sentido se expresó la edil Lihué Figueroa (PV), quién sostuvo que no acompañaría la iniciática por entender que se debe ampliar la prohibición a todo tipo de fuegos artificiales.

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