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16 de Mayo,  Salta, Centro, Argentina
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Lesa humanidad: oficina de la ONU instó a la Corte Suprema a respetar "estándares internacionales"

"Los crímenes de lesa humanidad agravian no sólo a las víctimas, sino a todos los seres humanos. Por ello, no pueden asimilarse a delitos comunes y su gravedad requiere de una sanción proporcional", señaló Amerigo Incalcaterra, de la Acnudh. 
Lunes, 08 de mayo de 2017 16:23

La Oficina para América del Sur del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (Acnudh) instó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación a tener en cuenta "los estándares internacionales de derechos humanos" y a cumplir "los compromisos asumidos a nivel internacional" al referirse al fallo que declaró aplicable el derogado beneficio del 2x1 para un represor.

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La Oficina para América del Sur del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (Acnudh) instó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación a tener en cuenta "los estándares internacionales de derechos humanos" y a cumplir "los compromisos asumidos a nivel internacional" al referirse al fallo que declaró aplicable el derogado beneficio del 2x1 para un represor.

"La aplicación de la ley más benigna debe ser interpretada a la luz de los estándares internacionales aplicables a los delitos de lesa humanidad", subrayó el representante del Acnudh para América del Sur, Amerigo Incalcaterra.

Según sostuvo Incalcaterra, "el Estado argentino, y la Corte Suprema como instancia del Estado, deben cumplir no sólo el derecho interno, sino también la normativa internacional aplicable y los compromisos asumidos a nivel internacional".

Incalcaterra recordó, además, que la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de Lesa Humanidad -ratificada por Argentina en 1995 y que goza de jerarquía constitucional-, sumada al Estatuto de la Corte Penal Internacional, establecen que estos delitos son imprescriptibles, a la vez que instauran el esquema jurídico para su juzgamiento y la reparación de las víctimas.

"Los crímenes de lesa humanidad agravian no sólo a las víctimas, sino a todos los seres humanos. Por ello, no pueden asimilarse a delitos comunes y su gravedad requiere de una sanción proporcional", señaló el representante del Acnudh.

Al respecto, recordó que el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional establece las condiciones para aplicar posibles reducciones de la pena o el otorgamiento de beneficios ante crímenes de lesa humanidad.

Incalcaterra subrayó que el derecho a la verdad, la justicia y la reparación son derechos humanos reconocidos internacionalmente, y que han sido objeto de recomendaciones al Estado argentino por parte de mecanismos de protección de derechos humanos de las Naciones Unidas. "El derecho a la reparación de las víctimas de estos delitos es un derecho humano básico, consagrado en tratados universales y regionales de derechos humanos, así como en otros instrumentos internacionales, por lo que debe ser protegido", resaltó.

El miércoles último, la Corte Suprema de Justicia, en un fallo mayoritario, declaró aplicable el beneficio del 2x1 en el cómputo de la pena para el caso de un represor, lo que derivó luego en planteos de diversos condenados por delitos de lesa humanidad durante la última dictadura para también ser alcanzados por esa modalidad de cómputo de la pena.

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