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Turistas francesas: rechazaran un recurso federal presentado por Vera y Lasi

Los dos fueron condenados a la pena de prisión perpetua por los delitos de robo calificado por el uso de arma de fuego, abuso sexual con acceso carnal agravado por la participación de dos o más personas y el uso de armas y homicidio “criminis causae”.
Jueves, 08 de junio de 2017 18:21

La Corte de Justicia de Salta denegó el recurso extraordinario federal de la defensa de Santos Clemente Vera y Gustavo Orlando Lasi, ambos condenados a la pena de prisión perpetua como coautores materiales y penalmente responsables de los delitos de robo calificado por el uso de arma de fuego, abuso sexual con acceso carnal agravado por la participación de dos o más personas y el uso de armas (dos hechos) y homicidio “criminis causae” (dos hechos), todo en concurso real.

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La Corte de Justicia de Salta denegó el recurso extraordinario federal de la defensa de Santos Clemente Vera y Gustavo Orlando Lasi, ambos condenados a la pena de prisión perpetua como coautores materiales y penalmente responsables de los delitos de robo calificado por el uso de arma de fuego, abuso sexual con acceso carnal agravado por la participación de dos o más personas y el uso de armas (dos hechos) y homicidio “criminis causae” (dos hechos), todo en concurso real.

Ambas defensas invocaron en sus recursos la existencia de una cuestión federal, pero dicha afirmación estaba desprovista de razones jurídicas. La fiscal ante la Corte también señaló que “los apelantes evidencian disconformidad que no viabiliza el remedio federal, traduciendo tales planteos sólo la intención de acceder a una instancia superior con el propósito de lograr una distinta interpretación a cuestiones ajenas al recurso extraordinario intentado, lo que conduce a su denegación”.

Los jueces de Corte apuntaron que “la mera reedición de los planteos introducidos en las instancias anteriores, no suple la crítica concreta y razonada que requiere el recurso federal”.

“No se evidencian los vicios de arbitrariedad que le atribuyen al pronunciamiento mediante el cual se han rechazado los recursos de inconstitucionalidad toda vez que se meritó en forma razonada todos los agravios que fueron materia recursiva, mientras que en los ahora expuestos, además de mantener una posición contraria a la del Tribunal, no aportan elementos de juicio novedosos que justifiquen un nuevo examen del tema en discusión, ni demuestran cuáles serían las diferencias que permitirían apartarse de aquella solución”, agregaron.

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