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A 3 meses de su aprobación, reglamentaron la ley que beneficia a electrodependientes

El Gobierno reglamentó la ley que dispone la gratuidad de las tarifas de electricidad para aquellas personas que necesitan de ese servicio por cuestiones de salud, conocidas como "electrodependientes". La norma había sido aprobada a fines de abril de este año.
Jueves, 27 de julio de 2017 17:10

El Gobierno reglamentó la ley que dispone la gratuidad de las tarifas de electricidad para aquellas personas que necesitan de ese servicio por cuestiones de salud, conocidas como "electrodependientes". La norma había sido aprobada a fines de abril de este año.

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El Gobierno reglamentó la ley que dispone la gratuidad de las tarifas de electricidad para aquellas personas que necesitan de ese servicio por cuestiones de salud, conocidas como "electrodependientes". La norma había sido aprobada a fines de abril de este año.

La decisión se tomó a través de una resolución del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) publicada en el Boletín Oficial. En el texto, se ordena "instruir a las empresas Edenor y Edesur a trasladar a los usuarios electrodependientes por cuestiones de salud, las bonificaciones establecidas (oportunamente) valorizando en cero cargos fijos y variables aplicables a sus consumos realizados a partir del 26 de mayo del año 2017, fecha de entrada en vigencia de la Ley N° 27.351", según el texto oficial.

El ENRE aclaró que la bonificación "deberá verse registrada en las Liquidaciones de Servicios Públicos, en línea separada bajo la leyenda Bonificación Ley N° 27.351, reflejando la diferencia que surge de la aplicación de los cargos fijos y variables valorizados en cero, respecto del monto que resultaría de la aplicación de la tarifa que le hubiera correspondido al usuario si no estuviera encuadrado en este régimen tarifario especial".

También, explicó que quedará eximido del pago del derecho de conexión, de corresponder, "aquel suministro cuyo titular o uno de sus convivientes se encuentren registrados como electrodependientes por cuestiones de salud".

Además, precisó que el beneficio "se asignará a una única unidad habitacional por beneficiario, sea éste titular del servicio o conviviente, cuya demanda sea identificada como residencial, debiéndose acreditar asimismo que la unidad habitacional constituye la vivienda permanente del usuario inscripto en el Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud".

La ley 27.351 aprobó un régimen tarifario especial gratuito aplicable a los usuarios que requieran de un suministro eléctrico constante y en niveles de tensión adecuados para poder alimentar el equipamiento médico prescripto, que resulte necesario para evitar riesgos en su vida o su salud. Esa ley dispuso también que los electrodependientes deberán contar con una fuente alternativa de energía en caso de cortes de luz, que garantice la continuidad del servicio.

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