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La Justicia ordenó el cese de información sobre un menor

Se trata del chico de Alto La Sierra, quién fue trasladado al Materno Infantil de Salta luego de la publicación de su situación.
Sabado, 12 de agosto de 2017 00:00

La jueza Elba Susana Menéndez, a pedido de la asesora de incapaces Eugenia Hernández Berni, ordenó a los medios de comunicación gráficos, televisivos, radiales y digitales el cese inmediato de publicaciones e imágenes relacionadas con el adolescente oriundo de Alto La Sierra, en Santa Victoria Este, quien por una afectación neurológica pasaba horas del día en una jaula construida por su padre, para evitar que se fuera del hogar y se perdiera.

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La jueza Elba Susana Menéndez, a pedido de la asesora de incapaces Eugenia Hernández Berni, ordenó a los medios de comunicación gráficos, televisivos, radiales y digitales el cese inmediato de publicaciones e imágenes relacionadas con el adolescente oriundo de Alto La Sierra, en Santa Victoria Este, quien por una afectación neurológica pasaba horas del día en una jaula construida por su padre, para evitar que se fuera del hogar y se perdiera.

Tanto Hernández Berni como Menéndez conocieron la información luego de que se difundieran las imágenes de la dramática situación del adolescente, quien permanece en observación en el Hospital Materno Infantil de la capital. Antes de la difusión de este caso, el chico vivió en esas tristes condiciones durante cuatro años a la vista de todos los vecinos, y teniendo conocimiento de ello personal policial, de gendarmería y funcionarios municipales y provinciales.

En su oficio, la jueza Menéndez consideró que "la doctora María Eugenia Hernández en su carácter de asesora de incapaces N§ 2 solicitó se ordene como medida autosatisfactiva a todos los medios, abstenerse de continuar efectuando publicaciones sobre la vida privada, familiar, estado de salud del adolescente y se ordene retirar a los mismos publicaciones que se encontraren a la fecha accesibles a cualquier usuario de internet, lector, oyente o televidente bajo apercibimiento de iniciar en contra de los mismos acciones por daños y perjuicios o desobediencia judicial".

Para las funcionarias del Ministerio Público Fiscal y Poder Judicial de la Provincia, las publicaciones que se vienen realizando desde hace una semana y media "vulneran el derecho a la identidad, privacidad, dignidad del adolescente con una injerencia arbitraria en la vida privada del menor involucrado. Es deber de los organismos del estado "respetar el derecho del niño y preservar su identidad, en igual sentido se debe tener en cuenta que el menor involucrado padece un trastorno del desarrollo con retraso mental severo amparado por la ley nacional de salud mental N§ 26.657 y que reconoce el derecho a recibir un tratamiento personalizado en un ambiente con resguardo a su intimidad independientemente de su lugar de residencia".

Resguardos necesarios

Hernández Berni consideró: "Se advierte que el derecho de informar por la prensa se ejerce ilegítima o abusivamente cuando pese a satisfacer un interés público y a la exactitud de la noticia se omiten adoptar los resguardos mínimos invadiendo innecesariamente la intimidad o privacidad de las personas. Resalto que no se pretende afectar el derecho a la información sino evitar la identificación de un menor de edad para preservar su intimidad y por lo tanto protegerlo de posibles daños que pueda generarle la situación".

Por esos y otros considerandos, la jueza Susana Menéndez resolvió "ordenar a los medios gráficos, radiales, televisivos redes sociales y buscadores de internet procedan al cese inmediato de la publicación de datos personales, vida privada, imágenes o videos del adolescente y prohibir a los mismos la difusión de tales datos en el futuro bajo apercibimiento de aplicar sanciones conminatorias hasta el momento de su efectivo cumplimiento".

Preservar su identidad

La jueza refirió que el fallo pretende evitar la identificación de un menor de edad para resguardar su intimidad y protegerlo de posibles daños que pueda causarle esta situación, sin atacar el derecho a la información. Se preserva su identidad y derecho a la intimidad y confidencialidad garantizados por la Convención de los Derechos del Niño (artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional, ley 23.849) y las leyes 26.061 de protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes y 26.522 de servicio de comunicación audiovisual.

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