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Algunos grupos siguen utilizando pirotecnia en los festejos religiosos

Por ahora, la comuna salió a recordar la vigencia de la norma que prohibe el uso de cohetes.
Domingo, 20 de agosto de 2017 00:00

No resulta fácil erradicar algunas conductas por parte de la población sobre todo si se practicaron durante años.

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No resulta fácil erradicar algunas conductas por parte de la población sobre todo si se practicaron durante años.

Y es que aunque demande gastos -innecesarios por cierto- los simpatizantes del fútbol y algunas pocas agrupaciones religiosas insisten con utilizar pirotecnia a la hora de las celebraciones.

Pero la advertencia volvió a repetirse durante la semana por parte de los responsables de la Dirección de Fiscalización y Control de la Municipalidad de Tartagal.

Y estuvo dirigida a la estricta prohibición de utilizar elementos de pirotecnia en celebraciones de cualquier tipo, realizadas en cualquier espacio físico, público o privado. Sea un club deportivo, un espacio físico o una vivienda particular en Tartagal y por la vigencia de la ordenanza conocida como Pirotecnia 0 no deben utilizarse cohetes, bombas de estruendos y ninguno de esos elementos.

Cabe recordar que la ordenanza 2.547 está vigente y fue promulgada este año. Además fue presentada en su momento como iniciativa de todos los bloques y aprobada por unanimidad. La norma es muy clara: no pueden utilizarse elementos pirotécnicos.

Por ahora, solo advertencias

La Dirección de Fiscalización y Control de la Municipalidad de Tartagal, por las tradicionales festividades en honor a la Virgencita de Urkupiña cuyos devotos que conforman distintos grupos compiten en colorido pero también en la utilización de pirotecnia, recordó una vez más a los vecinos en general, abstenerse a utilizar pirotecnia en celebraciones de cualquier tipo realizados en cualquier espacio físico.

Pero quienes podrán llevarse la peor parte de persistir en esta práctica serán los comerciantes que sean sorprendidos vendiendo este tipo de elementos. Los artículos 2 y 3 de la norma municipal establece la prohibición "en la comercialización y depósito de elementos pirotécnicos de efectos audibles en todo el municipio de Tartagal, alcanzando las mismas prohibiciones a vendedores fijos, ambulantes u ocasionales".

La mencionada dirección, en cumplimiento a la ordenanza, realizó notificaciones para la aplicación de las correspondientes sanciones por el no cumplimiento de la norma.

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