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"El plan de los imputados era matar a los niños"

Fundamentaron la condena a perpetua aplicada al matrimonio Senise-Sánchez
Lunes, 21 de agosto de 2017 00:00

En los fundamentos de la condena a perpetua aplicada el 7 del corriente a Patricia Alejandra Sánchez y a Víctor Marcelo Senise, la Sala III del Tribunal de Juicio concluyó de manera categórica en que el matrimonio tuvo la aviesa intención de eliminar físicamente al pequeño Thiago Quipildor, de 4 años, y a su hermanita de 6. Ese deleznable plan lo consiguieron con el fatal desenlace del primero al que sometieron a vejámenes, torturas y tratos crueles. La muerte del niño, paradójicamente, posibilitó salvar a la nena a la que rescataron de las garras de la pareja con más de 100 lesiones en su cuerpo y un cuadro de desnutrición crónica. "Conviene reparar en el desprecio evidenciado por los acusados hacia los niños", expresa el fallo.

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En los fundamentos de la condena a perpetua aplicada el 7 del corriente a Patricia Alejandra Sánchez y a Víctor Marcelo Senise, la Sala III del Tribunal de Juicio concluyó de manera categórica en que el matrimonio tuvo la aviesa intención de eliminar físicamente al pequeño Thiago Quipildor, de 4 años, y a su hermanita de 6. Ese deleznable plan lo consiguieron con el fatal desenlace del primero al que sometieron a vejámenes, torturas y tratos crueles. La muerte del niño, paradójicamente, posibilitó salvar a la nena a la que rescataron de las garras de la pareja con más de 100 lesiones en su cuerpo y un cuadro de desnutrición crónica. "Conviene reparar en el desprecio evidenciado por los acusados hacia los niños", expresa el fallo.

Al hacer un análisis de los testimonios de los vecinos de Senise-Sánchez y de los hermanos de Thiago, de las pericias técnicas, del perfil psicológico de los imputados y de todo lo que rodeó a este aberrante caso, el tribunal arribó al grado de certeza exigido por el plenario para aplicar la drástica condena. En coincidencia con el planteo realizado por los fiscales Pablo Paz y Ramiro Ramos Osorio, los jueces Pablo Farat, Carolina Sanguedolce y Gabriela González, le atribuyeron un valor fundamental al testimonio brindado por la niña sobreviviente y al de un hermano mayor. Hasta ese momento, de la investigación había surgido que Thiago había muerto por broncoaspiración y lo que más comprometía a Senise-

Sánchez eran las múltiples lesiones y el grado de desnutrición detectados en el niño y la nena. Sin embargo, el testimonio de los hermanos logró desentrañar lo sucedido aquel 8 de julio. Según los menores la broncoaspiración de Thiago no fue accidental, sino que fue provocada por Sánchez al introducirle un palo en la boca.

A juicio del tribunal, la conducta de Sánchez "no se explica desde los parámetros de la lógica, la psicología y el recto entendimiento humano, sino desde la perversidad y el masoquismo". Para los jueces, a lo largo del debate quedó acreditado que el matrimonio procedió de manera violenta porque las cosas no se dieron de la manera que deseaban cuando se inscribieron como padres sustitutos en el subprograma Sistemas Alternativos, dependiente del Ministerio de Derechos Humanos. La pareja había manifestado su deseo de lograr la guarda provisoria de dos niños de 10 y 11 años, hijos de padres drogadictos, pero como estos tenían dos hermanos más chicos pidieron por ellos para que en el nuevo hogar estuvieran todos juntos. Como la condición para lograr la tutela tenían que hacerse cargo de los cuatro hermanos, Senise y Sánchez aceptaron la propuesta en disconformidad.

Esta situación quedó en evidencia durante el juicio con testigos que señalaron que la pareja manifestaba que solo querían la guarda de los mayores. En los hechos se comprobó que Thiago y la nena permanecían todo el tiempo encerrados en la vivienda, que sus estremecedores llantos se escuchaban a toda hora, que eran sometidos a tratos crueles, que no concurrían a la escuela, etc. "Surge invariable el plan pergeñado por ambos acusados, de terminar con la vida de aquellos menores a quienes no habían solicitado para su cuidado", señala el dictamen del tribunal. Y agrega: "Si bien se verificó que los mismos les fueron entregados con bajo peso, los acusados no solo no se encargaron de alimentarlos, sino que agravaron su estado de desnutrición con el ánimo de que los menores resultaran desvalidos hasta alcanzar la muerte, a la vez que los sometían a una agresión física constante y para no ser descubiertos los mantenían encerrados".

Graves omisiones del equipo técnico

En los fundamentos de las condenas aplicadas a las psicólogas Lorena Recchiuto y Jaqueline Rosas y a la asistente social Marina Vargas, el Tribunal consideró que las profesionales del Ministerio de Derechos Humanos no cumplieron con la tarea de monitorear el control de los niños entregados en guarda al matrimonio Senise-Sánchez.
Para los jueces, las imputadas no solo no cumplieron con su labor, sino que elaboraron informes que para nada se ajustaban a la realidad respecto a la grave situación por la que se encontraban atravesando Thiago y su hermanita. Como prueba de ello el tribunal hace referencia a un informe altamente positivo elaborado por Recchiuto y Vargas, siete días antes de que se desencadenaran los hechos. En ese escrito, se expresaba que “el matrimonio responde de manera favorable a las necesidades de los hermanos y se esfuerzan día a día en reparar los daños sufridos por ellos a lo largo de sus historias”. De los elementos probatorios -según el Tribunal- se acreditó que las funcionarias, desde el momento que declararon apto al matrimonio para hacerse cargo de los niños y con posterioridad a ello “incurrieron en una serie concatenada de omisiones que por su persistencia y obstinación importaron en los hechos el abandono de la posición de garantes que legal y judicialmente se les había asignado”. Frente a lo expuesto los jueces Farah, González y Sanguedolce señalan que las omisiones de las profesionales fueron de tal entidad que “en definitiva terminaron posibilitando la producción y el desencadenamiento de los aberrantes hechos cometidos en perjuicio de los niños”.

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