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Prórroga de una ley con baches

Las comunidades indígenas quieren que se sigan postergando los desalojos.
Viernes, 22 de septiembre de 2017 00:00

El próximo miércoles 27 el Congreso deberá abordar el tratamiento de la prórroga de la ley 26160, que estableció la emergencia por cuatro años y que impedía hasta 2010 "la ejecución de sentencias cuyo acto sea el desalojo de las tierras cuya personería jurídica esté inscripta en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas".

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El próximo miércoles 27 el Congreso deberá abordar el tratamiento de la prórroga de la ley 26160, que estableció la emergencia por cuatro años y que impedía hasta 2010 "la ejecución de sentencias cuyo acto sea el desalojo de las tierras cuya personería jurídica esté inscripta en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas".

Las organizaciones que reivindican a los pueblos aborígenes iniciarán mañana una vigilia. Por lo pronto, los organismos específicos no llegaron ni en 2010 ni hasta la fecha a completar el relevamiento de las comunidades reales que tienen derecho a las tierras que ocupan. No son tantas. El Instituto Nacional de Asuntos Indígenas calcula que totalizan unas 1.600 comunidades, pero solo relevaron 423 casos en 11 años.

Están en juego 80 mil kilómetros cuadrados de territorio nacional. La ley vence en noviembre y, si no hay prórroga, habrá desalojos.

En Salta, una provincia con amplia población aborigen, esta situación está generando una sorda violencia social que involucra, en la mayoría de los casos, a pequeños productores cuyas propiedades fueron usurpadas por grupos dirigidos por supuestos caciques que hicieron su aparición apenas se sancionó la ley 26160.

La ley terminó siendo instrumento de una nueva forma de clientelismo. Una "emergencia" supone una interpretación forzada de la letra de la ley y no debería ser prorrogable.

Puntos vulnerables:

a) Una comunidad puede reclamar los derechos de la tierra si conserva el idioma, vive en un régimen de propiedad comunitaria y puede acreditar una presencia histórica.

b) Debe verificarse que las comunidades acrediten una identidad verificable.

c) No deberían estar constituidas a partir de la sanción de la ley 26160, como sucede en muchos casos de los Valles Calchaquíes.

d) Sus integrantes no deberían tener propiedades privadas excluidas de la comunitaria.

e) Todos deberían aceptar ese nuevo régimen, que los priva de la propiedad de los lotes.

Estos son los puntos no resueltos por la ley y que son fomentados por los punteros denunciados en La Poma, Cachi, Tacuil, Quebrada del Toro, y en todas las localidades involucradas. Aunque hoy está en agenda nacional el conflicto de autodenominados mapuches con la empresa Benetton, en Chubut, son muchas las vidas que ha costado esta controversia en la última década en el país.

Las comunidades se consideran con derechos preexistentes a la Nación, lo cual supone un tácito desconocimiento de la estructura jurídica del Estado; y las ambigedades subordinan el derecho de propiedad a un reclamo particular. Estas cuestiones de fondo son lo que los titulares de las tierras en litigio quieren ver resuelta por el Congreso.

 

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