¿Quieres recibir notificaciones de alertas?

18 de Mayo,  Salta, Centro, Argentina
PUBLICIDAD

Aumentaron las consultas por juicios de desalojo en los estudios jurídicos

En estudios jurídicos se incrementaron las consultas por juicios de desalojo.
Miércoles, 03 de enero de 2018 00:00

A los estudios jurídicos llegan las consultas de inquilinos preocupados porque los contratos de alquiler han vencido, y en el momento de renovar y pactar un nuevo valor les resulta difícil negociar por el incremento de los costos. Muchos dejan de pagar y, en consecuencia, los propietarios inician el juicio de desalojo.

Alcanzaste el límite de notas gratuitas
inicia sesión o regístrate.
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
Nota exclusiva debe suscribirse para poder verla

A los estudios jurídicos llegan las consultas de inquilinos preocupados porque los contratos de alquiler han vencido, y en el momento de renovar y pactar un nuevo valor les resulta difícil negociar por el incremento de los costos. Muchos dejan de pagar y, en consecuencia, los propietarios inician el juicio de desalojo.

Adeudar dos meses de alquiler habilita al locador a intimar y, si no obtiene respuesta, a iniciar dicha demanda.

"Se incrementaron las consultas de locadores que buscan desocupar su inmueble, ya que los inquilinos han dejado de pagar. El precio de los alquileres ha aumentado entre un 20 a 30 por ciento. Es caro alquilar en Salta. Este es uno de los principales motivos. Los inquilinos no pueden pagar y se desencadena el conflicto", explicó el abogado Gonzalo Guzmán, director de Salta Transparente.

En algunos casos el conflicto se soluciona extrajudicialmente y en otros, con un desalojo.

"En esa negociación extrajudicial directa entre las partes, se hace primero un convenio de desocupación, se rescinde el contrato y se pacta un plazo de entrega del inmueble para darle tiempo al inquilino a reubicarse. Si esto fracasa, está la posibilidad de iniciar el juicio de desalojo, que es un proceso sumarísimo breve en el juzgado. En primera instancia se fija una audiencia de conciliación para que las partes puedan resolver mediante un acuerdo y, si esto no es posible, empieza el juicio", describió.

Inequidad

Roberto Gareca, abogado

Con la edición de El Tribuno de ayer se conoció el caso de Tomás Calisaya, de 83 años, quien sufre mal de Parkinson y Alzheimer y estuvo a punto de ser desalojado de una casa en la calle San Juan, donde reside hace 50 años. Su abogado, Roberto Elio Gareca, presentó una acción de nulidad del fallo y logró que la orden de desalojo quede en suspenso por el momento. "Desde la perspectiva social los desalojos obedecen a la existencia de inequidad en la distribución de los ingresos (en perjuicio de los más vulnerables) y en la carencia de políticas estatales que simultáneamente protejan el derecho de locadores y locatarios, no permitiendo la subordinación de los intereses de los inquilinos a los del propietario. Ambos derechos no son excluyentes y acaso poseen el mismo rango constitucional, pero deben ser debidamente limitados y regulados a través de una política justa, ecuánime y objetiva, tarea que solo puede hacer el Estado, manifestó Gareca a El Tribuno.

"Desde el punto de vista individual el desalojo judicial forzoso de la vivienda es la culminación de un conflicto entre el derecho de propiedad del locador y el derecho a una vivienda digna del locatario. Según directivas y disposiciones nacionales e internacionales incorporadas a la normativa constitucional argentina, existe la obligación jurídica de no hacer lugar al lanzamiento hasta tanto exista una solución habitacional definitiva para los que se pretende desalojar y dejar en situación de calle. Si los afectados no disponen de recursos, el Estado debe adoptar medidas para que se les proporcione otra vivienda, reasentamiento o acceso a tierras productivas", agregó.

La Justicia argentina definió que "no hay que entender el derecho a la vivienda en un sentido que lo equipare al simple hecho de tener un techo encima de la cabeza o lo considere exclusivamente una comodidad. Debe entenderse como el derecho a vivir en seguridad, paz y dignidad en alguna parte".

Además, "el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la Naciones Unidas ha sostenido con fuerza vinculante en la Argentina que los desalojos no deberían dar lugar a que haya personas que se queden sin vivienda. Es decir que el Poder Judicial no puede ordenar lanzamientos sin dar previa solución de vivienda digna al desalojado". La inobservancia de esta norma es una violación de la normativa constitucional.

Dicho comité también ha dictaminado que "la práctica de los desalojos forzosos constituye una violación grave a los derechos humanos".

 

 

 

Temas de la nota

PUBLICIDAD