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Los letrados efectuaron una encendida defensa

La representante de Herrera dijo que este actuó en estado de emoción violenta.
Sabado, 07 de abril de 2018 00:00

Los defensores Marcela Robles, Marcelo Arancibia y Arnaldo Damián Estrada efectuaron una encendida de los imputados. Por lógica consecuencia, la representante legal de "Chirete" Herrera tuvo la tarea más difícil. Robles sostuvo que el femicida asesinó a Andrea Neri en estado de emoción violenta, con el argumento de que fue instigado por un compañero de celda, Lucas Balcarce. Indicó que aquel 5 de enero de 2017, en horas de la mañana, ese interno le mostró una foto en la página de Facebook donde Andrea aparecía abrazada con un muchacho. Dijo que el propio Balcarce le entregó el arma con la que horas mas tarde "Chirete" mató a su pareja. "Por cuestiones de celos, no pudo controlar sus emociones", expresó. La defensora planteó como atenuante esta situación y pidió que se lo condenara a 25 años de cárcel.

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Los defensores Marcela Robles, Marcelo Arancibia y Arnaldo Damián Estrada efectuaron una encendida de los imputados. Por lógica consecuencia, la representante legal de "Chirete" Herrera tuvo la tarea más difícil. Robles sostuvo que el femicida asesinó a Andrea Neri en estado de emoción violenta, con el argumento de que fue instigado por un compañero de celda, Lucas Balcarce. Indicó que aquel 5 de enero de 2017, en horas de la mañana, ese interno le mostró una foto en la página de Facebook donde Andrea aparecía abrazada con un muchacho. Dijo que el propio Balcarce le entregó el arma con la que horas mas tarde "Chirete" mató a su pareja. "Por cuestiones de celos, no pudo controlar sus emociones", expresó. La defensora planteó como atenuante esta situación y pidió que se lo condenara a 25 años de cárcel.

El abogado Estrada alegó en representación de los penitenciarios Gutiérrez, Ávalos y Velázquez Fernández. Indicó que por cómo ocurrieron los hechos era imposible impedir que Herrera matara a su pareja, porque todo sucedió en el interior de la celda y que para los celadores era imposible saber lo que estaba ocurriendo puertas adentro. Dijo que sus clientes cumplieron en un todo con su responsabilidad en las tareas que les correspondía. "Estas personas no tenían poder de decisión para modificar usos y costumbres que estaban arraigadas dentro del penal", dijo. Tras pedir la absolución de los nombrados, agregó: "Lamentablemente, en estas cuestiones el hilo siempre se corta por lo más delgado".

Por su parte, Arancibia fustigó el alegato del fiscal Rivero por considerar que hizo "una desafortunada narración de los hechos, en tiempo, modo y lugar". El penalista desacreditó en un todo el testimonio del interno Ortiz, quien imputó de inacción al celador Cardozo cuando, según sus dichos, le advirtió que Herrera golpeó a la víctima antes de ingresar a la celda. "En todo caso, al que se debería imputar de inacción sería al propio Ortiz, por no haber tomado él cartas en el asunto", subrayó. Dijo que su cliente cumplió con su función y que nada se le puede achacar.

 

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