Según Nicolás Zenteno, se entiende por identidad de género a la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al nacer, incluyendo la vivencia personal del cuerpo. "Esto puede involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido. También incluye otras expresiones de género, como la vestimenta, el modo de hablar y los modales", añadió el abogado.
inicia sesión o regístrate.
Según Nicolás Zenteno, se entiende por identidad de género a la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al nacer, incluyendo la vivencia personal del cuerpo. "Esto puede involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido. También incluye otras expresiones de género, como la vestimenta, el modo de hablar y los modales", añadió el abogado.
Partiendo de esa definición, aclara el representante de la Asociación Civil Protectora, que los presupuestos históricos de la distinción de sexos caen en crisis. "Con el dictado de esta ley y su definición de vivencia interna e individual del género como tal como cada persona la siente, distinguir sexos, supone la exteriorización de un dato ahora sensible ya que le exigiría a la persona expresar públicamente sobre una vivencia interna y personal, como podría ser la exteriorización de una creencia, la cual nadie discute, ahora, que la misma es interna y personal", agrega el profesional.
Nicolás Zenteno advirtió que nadie pide a una persona que manifieste la creencia o pertenencia a una religión para la realización de un trámite administrativo. "Creo que desde el dictado de la ley de género, la exigencia a manifestarse por un determinado género deberían seguir el mismo camino", finalizó.