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Grave: Juez benefició al abusador Francisco Terrón Villagrán

La fiscalía penal pide revocar la libertad condicional que logró el abogado. La polémica decisión fue tomada pese a los informes psicológicos en contra del penado. El juez de Ejecución Rodolfo Quinteros, que resolvió la decisión, es el mismo que liberó a Leyseca.
Miércoles, 15 de julio de 2020 00:00

Entró, salió, volvió a entrar y finalmente, al parecer, obtendrá la libertad deseada. El abogado Francisco Javier Terrón Villagrán fue beneficiado por el Juzgado de Ejecución y Detenidos de 1ra Nominación, a cargo del juez Rodolfo Darío Quinteros, con la libertad condicional. El letrado fue condenado en 2016 por los delitos de abuso sexual y distribución de pornografía infantil. El fiscal penal 2 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Rodrigo González Miralpeix, apeló para que el beneficio otorgado sea revocado.
Se trata del mismo juez que le dio “semilibartad” a Aldana Leyseca.
El fiscal argumentó que para otorgar el beneficio de libertad condicional el juez Quinteros consideró la evolución psicológica sostenida y favorable del perito de parte de la defensa del abogado y dejó pasar por alto lo expresado por los profesionales del Gabinete de Psicología del Poder Judicial y del Servicio Penitenciario, quienes no descartaron la posibilidad de que el penado incurriera nuevamente en conductas iguales o similares a las que llevaron a su detención. También se detalla que en su relación con la figura femenina establece relaciones asimétricas, ubicándose en un lugar de control y superioridad sobre ella.    
En cuanto a su desarrollo psicosexual, se infiere que Terrón Villagrán realiza un control de sus impulsos y despliegue de su sexualidad, la cual en la actualidad parece estar cercenada por las condiciones de encierro de detención. No obstante, advirtieron que “en situaciones de tensión pueden manifestarse comportamientos impulsivos y eventualmente agresivos”.     
En este sentido, González Miralpeix consideró que debe hacerse real hincapié en los informes realizados por los profesionales del Gabinete de Psicología del Poder Judicial y del Servicio Penitenciario, ya que lo expresado por ellos es de suma importancia y relevancia a la hora de analizar la concesión del beneficio, debido a que diferentes aspectos de la personalidad de Terrón Villagrán evidencian claramente que el penado no está aún en condiciones de reinsertarse a la vida social. Tampoco se valoró, según el fiscal, la opinión de los profesionales del Consejo Correccional, desde donde se dictaminó de manera desfavorable en cuanto al beneficio de la libertad condicional para Terrón Villagrán. Según el Consejo, basó su opinión en referencia a conclusiones arribadas por el Gabinete Técnico Criminológico. El penado “justifica y minimiza su accionar y no evidencia angustia ni actitud reparadora”, mientras que “evidencia conflictos intrapsíquicos no resueltos, por lo cual asiste a tratamiento psicológico extrainstitucionalmente”, señala el informe psiquiátrico.
En agosto de 2016 el abogado Villagrán fue condenado a 5 años y 9 meses de prisión por abuso sexual y distribución de pornografía por la Sala IV del Tribunal de Juicio, tras comprobarse la existencia de 200 filmaciones de pedofilia con pornografía infantil con niñas y niños de entre 10 y 12 años donde aparece el acusado y conocidas personas de Salta. La fiscal por entonces, María Luján Sodero Calvet, había solicitado 11 años de prisión efectiva.
El abogado salteño fue acusado en febrero de 2015 de haber abusado sexualmente de una niña de 8 años, también por distribución de material pornográfico infantil y por una letrada, exsocia del penado, quien lo acusó también de abuso sexual.
 

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Entró, salió, volvió a entrar y finalmente, al parecer, obtendrá la libertad deseada. El abogado Francisco Javier Terrón Villagrán fue beneficiado por el Juzgado de Ejecución y Detenidos de 1ra Nominación, a cargo del juez Rodolfo Darío Quinteros, con la libertad condicional. El letrado fue condenado en 2016 por los delitos de abuso sexual y distribución de pornografía infantil. El fiscal penal 2 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Rodrigo González Miralpeix, apeló para que el beneficio otorgado sea revocado.
Se trata del mismo juez que le dio “semilibartad” a Aldana Leyseca.
El fiscal argumentó que para otorgar el beneficio de libertad condicional el juez Quinteros consideró la evolución psicológica sostenida y favorable del perito de parte de la defensa del abogado y dejó pasar por alto lo expresado por los profesionales del Gabinete de Psicología del Poder Judicial y del Servicio Penitenciario, quienes no descartaron la posibilidad de que el penado incurriera nuevamente en conductas iguales o similares a las que llevaron a su detención. También se detalla que en su relación con la figura femenina establece relaciones asimétricas, ubicándose en un lugar de control y superioridad sobre ella.    
En cuanto a su desarrollo psicosexual, se infiere que Terrón Villagrán realiza un control de sus impulsos y despliegue de su sexualidad, la cual en la actualidad parece estar cercenada por las condiciones de encierro de detención. No obstante, advirtieron que “en situaciones de tensión pueden manifestarse comportamientos impulsivos y eventualmente agresivos”.     
En este sentido, González Miralpeix consideró que debe hacerse real hincapié en los informes realizados por los profesionales del Gabinete de Psicología del Poder Judicial y del Servicio Penitenciario, ya que lo expresado por ellos es de suma importancia y relevancia a la hora de analizar la concesión del beneficio, debido a que diferentes aspectos de la personalidad de Terrón Villagrán evidencian claramente que el penado no está aún en condiciones de reinsertarse a la vida social. Tampoco se valoró, según el fiscal, la opinión de los profesionales del Consejo Correccional, desde donde se dictaminó de manera desfavorable en cuanto al beneficio de la libertad condicional para Terrón Villagrán. Según el Consejo, basó su opinión en referencia a conclusiones arribadas por el Gabinete Técnico Criminológico. El penado “justifica y minimiza su accionar y no evidencia angustia ni actitud reparadora”, mientras que “evidencia conflictos intrapsíquicos no resueltos, por lo cual asiste a tratamiento psicológico extrainstitucionalmente”, señala el informe psiquiátrico.
En agosto de 2016 el abogado Villagrán fue condenado a 5 años y 9 meses de prisión por abuso sexual y distribución de pornografía por la Sala IV del Tribunal de Juicio, tras comprobarse la existencia de 200 filmaciones de pedofilia con pornografía infantil con niñas y niños de entre 10 y 12 años donde aparece el acusado y conocidas personas de Salta. La fiscal por entonces, María Luján Sodero Calvet, había solicitado 11 años de prisión efectiva.
El abogado salteño fue acusado en febrero de 2015 de haber abusado sexualmente de una niña de 8 años, también por distribución de material pornográfico infantil y por una letrada, exsocia del penado, quien lo acusó también de abuso sexual.
 

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