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Herramientas tecnológicas en procesos de mediación

En el Senado se inició una ronda de consultas con expertos para definir un esquema que posibilite la presencia remota en las audiencias.
Viernes, 10 de noviembre de 2023 02:11

La posibilidad de incorporar herramientas tecnológicas para dirimir controversias sin necesidad de presencia física de las partes figura en la agenda de temas que en el Senado se comenzó a analizar para actualizar la ley provincial de mediación 7.324 que entró en vigencia hace veinte años.

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La posibilidad de incorporar herramientas tecnológicas para dirimir controversias sin necesidad de presencia física de las partes figura en la agenda de temas que en el Senado se comenzó a analizar para actualizar la ley provincial de mediación 7.324 que entró en vigencia hace veinte años.

Con esta finalidad se inició una ronda de consultas a expertos para trabajar sobre la posibilidad de dotar al proceso de herramientas tecnológicas que posibiliten la comunicación vías remota, sin necesidad de presencia física de las partes.

La comisión de Legislación General y del Trabajo de la Cámara alta se reunió con la secretaria de Mediación del Poder Judicial, Marisa Nogaledo, con quien se hizo un análisis general de la actualidad de la legislación en la materia y, en particular, de la iniciativa de los senadores Héctor Calabró y Sergio Saldaño.

Nogaledo recordó que la ley de mediación, como instancia previa a juicio, surgió en 1995 como alternativa para mejorar el acceso a la Justicia, que fue reglamentada en 2004 y se convirtió a la fecha en una verdadera política pública, modelo a nivel nacional, "lo que no implica que no existan cosas que se puedan mejorar".

Consideró que la idea de agregar tecnología puede ser de gran ayuda para superar barreras geográficas, de tiempo y de costos, aunque entendió que se debe pensar cómo incorporar la misma preservando principios y deberes de mediadores, tales como la confidencialidad.

Explicó que la ley abarca tres ámbitos de aplicación de la mediación: la judicial, cuya autoridad de aplicación es la Corte de Justicia, la comunitaria y la extrajudicial, que las aplica el Ministerio de Justicia.

Consideró que la tecnología se aplicaría sobre las dos últimas, dado que en la mediación judicial existen convenios con otros poderes judiciales provinciales, que ya posibilitan el uso de medios tecnológicos en condiciones de protección de la confidencialidad.

El senador Calabró sostuvo que el proyecto busca actuar como un disparador, dado que el acceso a la Justicia es un derecho de todos los ciudadanos, pero a veces solo existe para aquellos que viven en la Capital. "Salta es ejemplo nacional con su ley de mediación, pero creemos que puede ser perfeccionada mediante la Incorporación de tecnología", afirmó.

 

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