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Ley ómnibus al Congreso: más reformas y privatizaciones

Milei pide facultades delegadas y propone más cambios económicos. Incluye cambios en el sistema electoral, las jubilaciones y más desregulaciones. 
Miércoles, 27 de diciembre de 2023 17:35

El presidente Javier Milei envió ayer al Congreso de la Nación el proyecto de "ley ómnibus" que contiene 664 artículos que proponen más reformas en el Estado y desregulaciones a las ya establecidas en el reciente DNU, además de privatizaciones, emergencias por dos años y cambios económicos, impositivos y contractuales, entre muchos otros temas.

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El presidente Javier Milei envió ayer al Congreso de la Nación el proyecto de "ley ómnibus" que contiene 664 artículos que proponen más reformas en el Estado y desregulaciones a las ya establecidas en el reciente DNU, además de privatizaciones, emergencias por dos años y cambios económicos, impositivos y contractuales, entre muchos otros temas.

El proyecto será tratado durante las sesiones extraordinarias y la idea de La Libertad Avanza es llevarlo al recinto en Diputados el 25 de enero.

El texto se denomina "Ley de bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos" y fue entregado ayer por el ministro del Interior, Guillermo Francos, al presidente de la Cámara Diputados, Martín Menem.

El texto, de 664 artículos desplegados a lo largo de 351 páginas, contiene una amplia reforma electoral, cambios impositivos, un blanqueo y más límites a las marchas, entre otras iniciativas que no fueron parte del DNU porque las temáticas que toca no pueden evitar el Congreso.

Emergencias

El punto inicial del extenso texto declara "la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria, administrativa y social hasta el 31 de diciembre de 2025", pudiendo ser prorrogada "por el Poder Ejecutivo nacional por el plazo máximo de dos años".

"Delégase en el Poder Ejecutivo nacional las facultades comprendidas en la presente ley y en los términos del artículo 76 de la Constitución nacional. Las normas que se dicten en el ejercicio de esta delegación serán permanentes, excepto cuando la naturaleza de la medida determine su carácter transitorio y así se lo disponga en forma expresa", indica la norma.

Es decir que si se aprueban las emergencias Milei tendrá las facultades de legislar, algo que la Constitución nacional prohíbe expresamente en el artículo 76, que dice: "Se prohíbe la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo, salvo en materias determinadas de administración o de emergencia pública, con plazo fijado para su ejercicio y dentro de las bases de la delegación que el Congreso establezca".

El texto que ingresó ayer en Diputados prevé la derogación de las PASO y la implementación de la boleta única de papel, el traspaso de la Justicia nacional a la Ciudad, declara la emergencia pública hasta el 31 de diciembre de 2025 y habilita al Ejecutivo a privatizar las empresas estatales. También modifica la Oficina Anticorrupción e introduce cambios en el financiamiento de los partidos políticos.

A continuación, los puntos principales del mega-proyecto que contiene 664 artículos

  • Declaración de Emergencia Pública. Artículo N°3: “Declárase la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria, administrativa y social hasta el 31 de diciembre de 2025”. Además, le delega al Ejecutivo facultades legislativas dispuestas en el artículo 76 de la Constitución Nacional. 
  • Privatización de Empresas PúblicasAerolíneas Argentinas, YPF, Correo Argentino y AySA, son algunas de las 41 empresas públicas que el Poder Ejecutivo planea que pasen a manos de privados.
  • Movilidad de las prestaciones. Artículo N°106: "Suspéndase la aplicación del artículo 32 de la Ley N° 24.241, sus complementarias y modificatorias. Facúltase al Poder ejecutivo nacional a establecer una fórmula automática de ajuste de las prestaciones mencionadas en los incisos a), b), c), d), e) y f) del artículo 17 de la Ley N° 24.241, teniendo en cuenta los
    criterios de equidad y sustentabilidad económica".
    “Hasta tanto se establezca una fórmula automática, el Poder ejecutivo nacional podrá realizar aumentos periódicos atendiendo prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos”, agrega.
  • Régimen de Regularización de Activos. Artículo N°130: “los sujetos residentes y no residentes podrán adherir al presente”. Se trata de un blanqueo de capitales para ciudadanos argentinos residentes o no.
  • Impuesto sobre los Bienes PersonalesArtículo N°166: "Créase el presente Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (“REIBP”) por todos los períodos fiscales hasta la fecha de su caducidad, la cual opera el 31 de diciembre de 2027.
    ARTÍCULO 167. Sujetos alcanzados. Las personas humanas y sucesiones indivisas que sean residentes fiscales en Argentina en los términos de los artículos 116 a 123 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, podrán optar por adherir al REIBP".
  • Primarias abiertas simultáneas y obligatorias. Artículo N°451: derogación de las PASO. 

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