En el marco del paquete de proyectos que el Gobierno envió este miércoles al Congreso, el presidente Javier Milei propuso una serie de sanciones duras para los piqueteros, entre las cuales se encuentran multas por destrozos en la vía pública y hasta 6 años de prisión para los organizadores de aquellas protestas que impidan la libre circulación vehicular, lo cual quedó expresamente prohibido.
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En el marco del paquete de proyectos que el Gobierno envió este miércoles al Congreso, el presidente Javier Milei propuso una serie de sanciones duras para los piqueteros, entre las cuales se encuentran multas por destrozos en la vía pública y hasta 6 años de prisión para los organizadores de aquellas protestas que impidan la libre circulación vehicular, lo cual quedó expresamente prohibido.
Estas medidas forman parte de un conjunto de importantes reformas que el mandatario nacional pretende implementar en materia de seguridad interior, con el objetivo de reglamentar las movilizaciones y desalentar los cortes de calle, que a partir de estos cambios serán fuertemente castigados.
En este sentido, uno de los principales puntos vinculados a esta cuestión es la modificación del artículo 194 del Código Penal, que amplía las acciones tipificadas para especificar que la pena para quienes “sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas” será de uno a tres años y seis meses de prisión.
Años de prisión
Sin embargo, se aclara además que si el acto se hace “portando un arma propia, impropia, se causare daño a la integridad física de las personas, la pena será de dos a cuatro años de prisión, siempre que no constituyere un delito más severamente penado”.
Asimismo, se crea la figura penal para “quienes dirijan, organicen o coordinen una reunión o manifestación que impidiere, estorbare o entorpeciere la circulación o el transporte público o privado o que causare lesiones a las personas o daños a la propiedad”, los cuales “serán reprimidos con prisión de dos a cinco años, estén o no presentes en la manifestación o acampe”.