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Regulan honorarios para defensores

Diputados aprobó un proyecto de ley y pasa al Senado.
Jueves, 14 de marzo de 2024 02:01

La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que promueve la modificación del artículo 51 de la Ley Nº 7.328 relativo a la regulación de honorarios en los procesos en los que participan los defensores oficiales.

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La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que promueve la modificación del artículo 51 de la Ley Nº 7.328 relativo a la regulación de honorarios en los procesos en los que participan los defensores oficiales.

Cabe destacar que, días atrás, el Defensor General de la Provincia, Martín Diez Villa, fue recibido por legisladores de las Comisiones de Legislación General, de Justicia y de Hacienda y Presupuesto de la Cámara de Diputados, donde expuso el desarrollo del proyecto.

Martín Diez Villa indicó: "Con esta reforma se procura dotar a nuestra provincia de una legislación más actualizada en la materia, que respete los derechos y garantías establecidos en la Constitución Nacional y en la Constitución Provincial, y que al mismo tiempo, se adapte al contexto actual y a los cambios regulatorios ocurridos en el ámbito del derecho en los últimos años, especialmente, en materia penal y, de ese modo, que guarde consonancia con las normas provinciales, nacionales e internacionales vigentes en el tema".

"Estoy convencido que la Cámara de Diputados interpretó correctamente los tiempos en está viviendo el Estado y particularmente el Ministerio Público y la defensa pública penal donde los recursos son escasos y el servicio va aumentado a medida que aumenta la conflictividad social. Desde la Defensoría General estamos tratando de optimizar los recursos que se encuentran a nuestro alcance para prestar un mejor servicio, con una mejor calidad y respuesta eficaz y efectividad. En cuanto a la posibilidad de que la defensa pública penal pueda solicitar oportunamente regulación de honorarios para aquellos casos en que el defendido sea solvente, de ninguna manera significa un menoscabo al ejercicio del derecho de defensa, puesto que nunca y por ninguna razón un defensor público puede privar de la defensa pública a una persona que requiere un servicio, pero hay que tener en cuenta que la defensa penal pública asume cerca del 80% de los casos penales de la provincia" expresó.

Por último manifestó: "Todo lo que se recauda en concepto de honorarios profesionales ingresa al Ministerio Público para ser destinado a los gastos propios del servicio conforme a lo previsto por reglamento".

 

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