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Puntos principales del proyecto

Jueves, 22 de diciembre de 2016 01:30
Entre las claves de la reforma se encuentra los nuevos impuestos al juego y a las operaciones especulativas con el dólar futuro.
-El mínimo no imponible sube a 37.000 pesos brutos para casados con dos hijos y a 27.941 pesos brutos para solteros.
-La deducción por familiares se establece por cónyuge en $48.000 y por hijo de hasta 18 años en $24.432.
-El mínimo no imponible para jubilados pasó de cinco a seis jubilaciones mínimas, lo que equivale a 33.500 mil pesos mensuales.
-Para los monotributistas, las escalas se incrementan en un 75%: pasan de 400 y 600 mil pesos anuales y a 700 mil y $1.050.000.
-Las escalas, que antes comenzaban en el 9%, ahora empiezan en
el 5% y son de la siguiente manera (aplicados sobre el excedente):
De $0 a $20.000: 5%
De $20.000 a $40.000: 9%
De $40.000 a $60.000: 12%
De $60.000 a $80.000: 15%
De $80.000 a $120.000: 19%
De $120.000 a $160.000: 23%
De $160.000 a $240.000: 27%
De $240.000 a $320.000: 31%
De $320.000 o más: 35%
-Se incorpora la deducción por alquileres, horas extra y viáticos en hasta un 40% de la ganancia mínima no imponible.
-Se fija en un 22 por ciento el monto que pueden deducir los trabajadores radicados en la Patagonia por zona desfavorable.
-El ajuste de las deducciones y de las escalas será automático por ley en base al índice Ripte.
-Se incluye una cláusula en la que se garantiza que a las provincias se les compensará le que dejen de percibir por coparticipación de Ganancias con una mayor distribución de los Aportes del Tesoro Nacional. -Como fuente de financiamiento, se mantiene la propuesta original del oficialismo de gravar el juego: 2,5% sobre las apuestas online y 0,75 sobre apuestas tradicionales.
-Se incrementa la alícuota del Impuesto a las Ganancias para las utilidades de las actividades derivadas del juego del 35% al 41,5%.
-Habrá un impuesto del 15% a las operaciones especulativas con dólar futuro. Quedan excluidas las operaciones de comercio exterior.
-Se establece que los jueces, fiscales, defensores y todos los empleados del Poder Judicial que ingresen a partir de 2017 pagarán Ganancias.
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Entre las claves de la reforma se encuentra los nuevos impuestos al juego y a las operaciones especulativas con el dólar futuro.
-El mínimo no imponible sube a 37.000 pesos brutos para casados con dos hijos y a 27.941 pesos brutos para solteros.
-La deducción por familiares se establece por cónyuge en $48.000 y por hijo de hasta 18 años en $24.432.
-El mínimo no imponible para jubilados pasó de cinco a seis jubilaciones mínimas, lo que equivale a 33.500 mil pesos mensuales.
-Para los monotributistas, las escalas se incrementan en un 75%: pasan de 400 y 600 mil pesos anuales y a 700 mil y $1.050.000.
-Las escalas, que antes comenzaban en el 9%, ahora empiezan en
el 5% y son de la siguiente manera (aplicados sobre el excedente):
De $0 a $20.000: 5%
De $20.000 a $40.000: 9%
De $40.000 a $60.000: 12%
De $60.000 a $80.000: 15%
De $80.000 a $120.000: 19%
De $120.000 a $160.000: 23%
De $160.000 a $240.000: 27%
De $240.000 a $320.000: 31%
De $320.000 o más: 35%
-Se incorpora la deducción por alquileres, horas extra y viáticos en hasta un 40% de la ganancia mínima no imponible.
-Se fija en un 22 por ciento el monto que pueden deducir los trabajadores radicados en la Patagonia por zona desfavorable.
-El ajuste de las deducciones y de las escalas será automático por ley en base al índice Ripte.
-Se incluye una cláusula en la que se garantiza que a las provincias se les compensará le que dejen de percibir por coparticipación de Ganancias con una mayor distribución de los Aportes del Tesoro Nacional. -Como fuente de financiamiento, se mantiene la propuesta original del oficialismo de gravar el juego: 2,5% sobre las apuestas online y 0,75 sobre apuestas tradicionales.
-Se incrementa la alícuota del Impuesto a las Ganancias para las utilidades de las actividades derivadas del juego del 35% al 41,5%.
-Habrá un impuesto del 15% a las operaciones especulativas con dólar futuro. Quedan excluidas las operaciones de comercio exterior.
-Se establece que los jueces, fiscales, defensores y todos los empleados del Poder Judicial que ingresen a partir de 2017 pagarán Ganancias.