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1 de septiembre, inicia moratoria

Domingo, 28 de agosto de 2016 01:30
ORGANISMO RECAUDADOR / SEDE CENTRAL DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RENTAS.
La Dirección Provincial de Rentas informó que a partir del 1 de septiembre entrará en vigencia un nuevo plan que permite regularizar deudas vencidas o devengadas. La nueva disposición, se ajusta a lo dispuesto por el Gobierno de la Provincia mediante disposición de Ley 5.948/16.
El director del organismo Daniel Alemán puntualizó que los contribuyentes podrán regularizar deudas vencidas o devengadas al 30 de junio de 2016 de impuestos sobre los Ingresos Brutos, Impuesto Inmobiliario, Impuesto de Sellos, Tasas Retributivas de Servicios Administrativos y Judiciales, Retenciones, Percepciones y Recaudaciones, Multas e Intereses. La adhesión al régimen otorga como beneficio principal la reducción de intereses resarcitorios en tres tramos con distintos porcentajes de acuerdo al momento del acogimiento: de septiembre a octubre 60 %, noviembre a diciembre 50 % y de enero a febrero de 2017 un 40 %, sumándose el beneficio de una reducción de intereses del 30 % si se cancela en un solo pago, del 20 % si se cancela en 2 a 5 cuotas y del 10 % si se cancela de 4 a 6 cuotas. Al mismo tiempo también se prevé una reducción de los intereses punitorios que van de un 40 % al 20 %.
Se destaca una mención diferencial para los empleados de la Administración Pública que podrán regularizar la deuda del impuesto inmobiliario con una reducción del 100 % de interés resarcitorio. El régimen prevé financiación hasta de 48 cuotas.
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La Dirección Provincial de Rentas informó que a partir del 1 de septiembre entrará en vigencia un nuevo plan que permite regularizar deudas vencidas o devengadas. La nueva disposición, se ajusta a lo dispuesto por el Gobierno de la Provincia mediante disposición de Ley 5.948/16.
El director del organismo Daniel Alemán puntualizó que los contribuyentes podrán regularizar deudas vencidas o devengadas al 30 de junio de 2016 de impuestos sobre los Ingresos Brutos, Impuesto Inmobiliario, Impuesto de Sellos, Tasas Retributivas de Servicios Administrativos y Judiciales, Retenciones, Percepciones y Recaudaciones, Multas e Intereses. La adhesión al régimen otorga como beneficio principal la reducción de intereses resarcitorios en tres tramos con distintos porcentajes de acuerdo al momento del acogimiento: de septiembre a octubre 60 %, noviembre a diciembre 50 % y de enero a febrero de 2017 un 40 %, sumándose el beneficio de una reducción de intereses del 30 % si se cancela en un solo pago, del 20 % si se cancela en 2 a 5 cuotas y del 10 % si se cancela de 4 a 6 cuotas. Al mismo tiempo también se prevé una reducción de los intereses punitorios que van de un 40 % al 20 %.
Se destaca una mención diferencial para los empleados de la Administración Pública que podrán regularizar la deuda del impuesto inmobiliario con una reducción del 100 % de interés resarcitorio. El régimen prevé financiación hasta de 48 cuotas.