El magistrado consideró que Parrilli, en su carácter de director de la AFI, ocultó los informes producidos por la Dirección de Contrainteligencia de ese organismo para colaborar con que Pérez Corradi eludiera a la Justicia en Paraguay, donde estuvo oculto.
En su resolución, Lijo consideró que en 2015 el entonces jefe de Inteligencia omitió elevar a los fiscales datos precisos del paradero del prófugo, obtenidos por dos agentes por él designados para esa tarea.
Según la denuncia, Parrilli no solo tenía información de que Pérez Corradi se había casado en Paraguay con Gladys Delgado, sino que además ya lo habían identificado.
Estos informes, que estaban listos desde el 19 de noviembre de 2015, habrían sido archivados y no llegaron a las manos del Ministerio Público hasta el 21 de enero del 2016, más de un mes después del cambio de Gobierno.
Además, para el juez, en aquellas hojas faltaban los principales datos de la investigación, que recién salieron a la luz luego de que el empresario fuera detenido en junio del año pasado.
Por otra parte, Lijo rechazó la recusación en su contra presentada por Parrilli y ordenó que se investigue la presunta comisión de un delito de acción pública en virtud de la difusión de audios vinculados a las intervenciones telefónicas ordenadas en el marco del expediente.
La decisión del juez federal se dio luego de que días atrás trascendieran escuchas de conversaciones entre el exfuncionario y la expresidente Cristina Kirchner en las que hablaban del exespía Antonio "Jaime" Stiuso, las que habían sido tomadas por orden de Lijo en el marco de la investigación del supuesto encubrimiento de Pérez Corradi.
Al respecto, Lijo explicó que tras la captura de Pérez Corradi el 19 de junio de 2016 en Paraguay, ordenó escuchar al exjefe de la AFI, al considerar que "a raíz de esa detención podrían existir conversaciones entre las personas que intervinieron en el informe vinculado a su búsqueda que podrían servir para esclarecer que intervención tuvo cada uno en la maniobra".
"Para resolver ello tuve en cuenta la complejidad del hecho investigado y la dificultad probatoria que presentaba", explicó el magistrado en su fallo, en el que también aclaró que Parrilli sabía de la intervención telefónica "al menos desde el 30 de septiembre de 2016", cuando designó a un abogado en la causa.
Subrayó: "Incluso, el 21 y 27 de octubre de 2016 se le hizo entrega de las copias de la totalidad de los discos con las intervenciones que fueran practicadas sobre su teléfono".
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El magistrado consideró que Parrilli, en su carácter de director de la AFI, ocultó los informes producidos por la Dirección de Contrainteligencia de ese organismo para colaborar con que Pérez Corradi eludiera a la Justicia en Paraguay, donde estuvo oculto.
En su resolución, Lijo consideró que en 2015 el entonces jefe de Inteligencia omitió elevar a los fiscales datos precisos del paradero del prófugo, obtenidos por dos agentes por él designados para esa tarea.
Según la denuncia, Parrilli no solo tenía información de que Pérez Corradi se había casado en Paraguay con Gladys Delgado, sino que además ya lo habían identificado.
Estos informes, que estaban listos desde el 19 de noviembre de 2015, habrían sido archivados y no llegaron a las manos del Ministerio Público hasta el 21 de enero del 2016, más de un mes después del cambio de Gobierno.
Además, para el juez, en aquellas hojas faltaban los principales datos de la investigación, que recién salieron a la luz luego de que el empresario fuera detenido en junio del año pasado.
Por otra parte, Lijo rechazó la recusación en su contra presentada por Parrilli y ordenó que se investigue la presunta comisión de un delito de acción pública en virtud de la difusión de audios vinculados a las intervenciones telefónicas ordenadas en el marco del expediente.
La decisión del juez federal se dio luego de que días atrás trascendieran escuchas de conversaciones entre el exfuncionario y la expresidente Cristina Kirchner en las que hablaban del exespía Antonio "Jaime" Stiuso, las que habían sido tomadas por orden de Lijo en el marco de la investigación del supuesto encubrimiento de Pérez Corradi.
Al respecto, Lijo explicó que tras la captura de Pérez Corradi el 19 de junio de 2016 en Paraguay, ordenó escuchar al exjefe de la AFI, al considerar que "a raíz de esa detención podrían existir conversaciones entre las personas que intervinieron en el informe vinculado a su búsqueda que podrían servir para esclarecer que intervención tuvo cada uno en la maniobra".
"Para resolver ello tuve en cuenta la complejidad del hecho investigado y la dificultad probatoria que presentaba", explicó el magistrado en su fallo, en el que también aclaró que Parrilli sabía de la intervención telefónica "al menos desde el 30 de septiembre de 2016", cuando designó a un abogado en la causa.
Subrayó: "Incluso, el 21 y 27 de octubre de 2016 se le hizo entrega de las copias de la totalidad de los discos con las intervenciones que fueran practicadas sobre su teléfono".