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Ley de Alquileres: “Si bien es un adelanto, todavía no brinda una solución”

El titular de la Cámara Inmobiliaria de Jujuy ve un avance pero también mucho camino por recorrer. Adelantó que de darse la modificación, el restablecimiento del mercado inmobiliario no será de inmediato.
Jueves, 24 de agosto de 2023 00:38

Desde la Cámara Inmobiliaria de Jujuy consideraron como "un avance" la luz verde que consiguió ayer la oposición en la Cámara de Diputados para la modificación de la Ley de Alquileres, que redujo considerablemente la oferta en la provincia, el incremento masivo de propiedades en venta y el traslado a plataformas de alquiler temporario, entre otros inconvenientes.

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Desde la Cámara Inmobiliaria de Jujuy consideraron como "un avance" la luz verde que consiguió ayer la oposición en la Cámara de Diputados para la modificación de la Ley de Alquileres, que redujo considerablemente la oferta en la provincia, el incremento masivo de propiedades en venta y el traslado a plataformas de alquiler temporario, entre otros inconvenientes.

En diálogo con El Tribuno de Jujuy, el titular de la Cámara Inmobiliaria de Jujuy, Alejandro Bustamante, dijo que "si bien queda mucho camino por recorrer, esta media sanción representa un avance dado que desde hace ya mucho tiempo esperábamos un atisbo de reforma o de parche a esta ley que ha perjudicado tanto al sector inmobiliario en lo que se refiere a locaciones con destino a vivienda", pero aclaró que "si bien es un gran adelanto, todavía no da ninguna solución al mercado inmobiliario".

Consultado sobre cuáles considera que serían las características de una ley justa que beneficie tanto al propietario como al inquilino dijo que "la ley que estaba en el nuevo Código Civil y Comercial estaba bien porque ha sido una transcripción de lo que era la antigua Ley de Locación Urbana que ha regido las locaciones durante más de 30 años y no hubo nunca problemas. Una ley que hablaba del libre acuerdo entre las partes".

Y que fundamentalmente daba certidumbre. "Del día uno hasta finalizar el contrato el inquilino sabía cuánto iba a pagar y con qué actualización, caso contrario a esta nueva ley que empeoró la relación entre el propietario y el inquilino", afirmó.

También consideró que resulta fundamental garantizar seguridad jurídica a los inversores en construcción y en viviendas con destino habitacional. "Los que invierten tienen que tener la seguridad que a los dos años, por conveniencia del gobierno de turno, no le van a cambiar la ley", concluyó.

Con 125 votos a favor, 112 en contra y tres abstenciones, la oposición logró impulsar ayer la iniciativa que apunta a que el plazo de duración de los contratos vuelva a ser de 2 años y la actualización de los precios sea cada 4 cuatro meses.

Sobre cómo ven a estas posibles modificaciones dijo que las consideran "más factibles y más viables para el restablecimiento de la oferta de viviendas dado que el proyecto presentado por la oposición estipula un plazo mínimo de actualización de 4 meses y de acuerdo a las partes, pudiendo ser una combinación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) con el Índice de Sueldos (IS) del Indec o una combinación entre el IPC y el Índice de Precios Mayoristas (IPM). Una negociación entre privados en la que el Estado nunca debería haber intervenido".

En este sentido dijo que de concretarse la modificación en la ley llegaría a poner "un parche", pero que "no producirá un cambio de inmediato en el mercado. Así como ha sido todo un proceso perjudicar y quitarle oferta al mercado inmobiliario, va a ser también todo un proceso restablecer esa oferta. Tenemos un largo camino por recorrer y esperamos que sea un camino para dar soluciones y que se facilite la vivienda a mucha gente que la necesita y que hoy no tiene acceso a ella", dijo el empresario.

Respecto a qué sucedió con el mercado inmobiliario de Jujuy tras la devaluación del peso del 22% tras la celebración de las elecciones Paso del 13 de agosto pasado, recordó las consecuencias de la incertidumbre generada con el inicio del debate sobre la reforma o derogación de la Ley de Alquileres, como la caída de contratos y la baja en la oferta de viviendas que produjo una parálisis en el mercado y agregó: "Si a eso le sumamos una devaluación del 22% ante un contrato de 3 años con actualizaciones cada año, las personas prefirieron vender sus propiedades o ponerlas en una plataforma de alquiler temporario. Todo tendió a complicar más la incertidumbre económica y política en este mercado tan sensible como tantos otros".

Por último, sobre la negativa de ayer a regular los alquileres temporarios confirmó que no hubo modificaciones al respecto y que los plazos máximos de contrato se siguen manteniendo. Al respecto consideró que dadas las circunstancias resulta genuino para el propietario trasladarse a dichas plataformas por resultarles más redituables dado que el propietario busca cubrirse de algún modo y prueba alternativas por fuera del alquiler con destino a vivienda. "Ellos no son culpables y tampoco podemos echar nafta al fuego. Regular el alquiler temporario tampoco es una solución, la solución es incentivar la oferta de los alquileres", concluyó Bustamante.

Principales puntos del proyecto de reforma

Entre los principales puntos del proyecto de reforma de la oposición que obtuvo ayer media sanción en la Cámara de Diputados, se encuentra: Reducción del plazo legal: Que el plazo mínimo legal de los contratos sea de dos años, como era antes de la ley de alquileres sancionada en el 2020, que había pasado a tres años.

La periodicidad de la actualización del valor de los contratos: Que en el caso de los inmuebles con destino a uso habitacional, el precio del alquiler sea fijado como valor único y por períodos mensuales, sobre los cuales podrían realizarse ajustes con la periodicidad que acuerden las partes, por intervalos de entre 4 y 12 meses.

La metodología del ajuste: Que el ajuste se acuerde libremente entre las partes -como sucede en los contratos de locación comercial- basado en el Índice de Precios al Consumidor (IPC), el Índice de Precios Mayoristas (IPM) y/o el Índice de Salarios (IS) elaborados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) o una combinación de dichos índices. Beneficios fiscales: Eximir del pago del impuesto a los Bienes Personales a los propietarios que declaren los contratos de alquiler ante la Administración Federal de Ingresos Públicos de la Nación (Afip). También plantea reformar el régimen del monotributo para que ese tipo de contribuyente con más de tres unidades de explotación no pasen a tributar en el régimen general.