La ley que regula las ferias dice en el artículo segundo: “Los complejos comerciales no convencionales, ferias, mercados o similares serán organizados por un administrador responsable”. Además señala: “Se entenderá como administrador a la persona que bajo cualquier forma o modalidad jurídica tenga a su cargo la organización, coordinación, liquidación y/o percepción de las expensas comunes, contribuciones para gastos y conceptos análogos de los complejos comerciales no convencionales, ferias, mercados o similares”.
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La ley que regula las ferias dice en el artículo segundo: “Los complejos comerciales no convencionales, ferias, mercados o similares serán organizados por un administrador responsable”. Además señala: “Se entenderá como administrador a la persona que bajo cualquier forma o modalidad jurídica tenga a su cargo la organización, coordinación, liquidación y/o percepción de las expensas comunes, contribuciones para gastos y conceptos análogos de los complejos comerciales no convencionales, ferias, mercados o similares”.
La ley 7700, desde su publicación en el Boletín Oficial, dio 90 días de plazo para que los feriantes se reordenen.