La resolución de la AFIP, que fija una alícuota de 15% sobre el valor de las operaciones a las compras efectuadas en el exterior con tarjetas de débito y por internet, se oficializaría hoy con su publicación en el Boletín Oficial.
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La resolución de la AFIP, que fija una alícuota de 15% sobre el valor de las operaciones a las compras efectuadas en el exterior con tarjetas de débito y por internet, se oficializaría hoy con su publicación en el Boletín Oficial.
Así lo habían confirmado el viernes, a última hora, fuentes del organismo recaudador, que habían señalado que la medida alcanzará a las compras que se realicen desde el 1 de septiembre.
Al igual que en los casos de las compras concretadas con tarjetas de crédito, esa tasa del 15% será tomada a cuenta del impuesto a las Ganancias o bienes personales.
Se espera que la publicación de la medida en el Boletín Oficial con los detalles de su aplicación despeje algunas dudas que existen en cuanto a la forma y plazos en que se realizará el reintegro de ese 15%, que será tomado como anticipo a cuenta de Ganancias y bienes personales del período fiscal en curso.
De esta forma, la AFIP amplió la medida, anunciada el jueves, que imponía un cargo de 15% en las compras en el exterior con tarjetas de crédito.
Esa disposición fue oficializada el viernes a través de la publicación en el Boletín Oficial de las resoluciones 3.375 y 3.378 de la AFIP.
En los considerandos de la normativa, el Gobierno justificó la medida alegando “razones de administración tributaria y equidad”.
Durante el anuncio de la semana pasada, Ricardo Echegaray anticipó que se publicará otra resolución que modificará el régimen de información de las tarjetas de crédito. Hasta ayer debían enviarse a la AFIP datos sobre los consumos globales por más de $3.000 por mes.
A partir de octubre deberán informar el “detalle” de los consumos realizados desde septiembre por los titulares de tarjetas de crédito.