¿Quieres recibir notificaciones de alertas?

18°
29 de Abril,  Salta, Centro, Argentina
PUBLICIDAD

Año XIII, el primer intento institucional de nuestro país

Miércoles, 30 de enero de 2013 21:26

Al jurar los diputados, por primera vez se omitió la fórmula de lealtad a Fernando VII. Esto significó el rompimiento definitivo con España.

Alcanzaste el límite de notas gratuitas
inicia sesión o regístrate.
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
Nota exclusiva debe suscribirse para poder verla

Al jurar los diputados, por primera vez se omitió la fórmula de lealtad a Fernando VII. Esto significó el rompimiento definitivo con España.

La Asamblea creó el escudo, el himno y un día de fiesta nacional, aunque disimuladamente los llamó “sello, canción patriótica y día cívico”.

Hace dos siglos, un día como hoy, quedó instalada en Buenos Aires la Asamblea General Constituyente, más conocida en nuestra historia como la Asamblea del Año XIII.

Había sido convocada por el Segundo Triunvirato, el 24 de octubre de 1812. Previo a ello, los triunviros habían dado a conocer un manifiesto que fue considerado por entonces, como una virtual declaración de independencia. Aquel documento, entre otras cosas, decía: “... ¿qué otro tiempo puede esperarse para reunir en un punto la majestad y la fuerza nacional? Esta sin duda debe ser la memorable época en que el pueblo de las Provincias Unidas del Río de la Plata, abriendo con dignidad el sagrado libro de sus eternos derechos por medio de libres y legítimos representantes, vote y decrete la figura con que debe aparecer en el gran teatro de las naciones. Elevados los diputados a la altura de su noble ministerio y elevada la Patria a su brillante destino saldrán entonces las grandes medidas, la energía y la fortuna. La Constitución... la dignidad de una Nación legítimamente constituida... proveer a la común defensa, procurar la seguridad general y asegurar las bendiciones de la libertad para la edad presente y futura”.

Instrucciones

Luego, el Triunvirato dio instrucciones sobre la mecánica electoral: “La representación tan completa cual deba y pueda ser en un congreso de tan alto carácter e importancia, los vecinos libres y patriotas deben elegir 8 electores en cada ciudad que designarán, de común acuerdo con el ayuntamiento, el diputado o los diputados. Deben sufragar -advertía- las personas libres y de conocida adhesión a la justa causa de América sin excepción de empleados civiles o militares... no siendo preciso que estos sean naturales o residentes en los mismos Pueblos que van a representar”.

Sobre la representación, el Triunvirato asignó a la capital cuatro diputados; a las capitales provinciales, dos diputados; y a las ciudades subalternas, un diputado. La excepción fue Tucumán que, por el reciente triunfo de Belgrano, “podría concurrir con dos diputados...”.

Sobre los vecinos que aspiraban a ser diputados aconsejaba: “Deberán tener una fervorosa adhesión a la libertad del país... y virtuosa imparcialidad que los ponga a cubierto de la nota escandalosa de faccioso”.

En cuanto a los poderes, estipuló que debían ser “sin limitación alguna por ser motivo poderoso que induce a la celebración de la Asamblea la elevación de los Pueblos a la existencia y dignidad que no han tenido (independencia), y la organización general del Estado” (Constitución).

Finalmente, el Segundo Triunvirato estableció cuando debía reunirse la Asamblea Constituyente: “En todo el mes de enero del año próximo” (1813) (Art. 10).

Los diputados

Lanzada la convocatoria, la Logia Lautaro se ocupó de ubicar sus hombres tanto como representantes de la capital como de las ciudades del interior.

Así fue que por Buenos Aires fueron electos: Hipólito Vieytes, Valentín Gómez, Vicente López y José Julían Pérez; por Salta, Pedro José Agrelo y José Moldes; por Córdoba, Juan Larrea y Gervasio Posadas; por Corrientes, Carlos María de Alvear; por Catamarca, Fermín Sarmiento; por Jujuy, el presbítero Vidal; por Mendoza, Bernardo de Monteagudo; por La Rioja, José Francisco Ugarteche; por San Juan, Tomás Antonio Valle; por Santiago del Estero, Gregorio Pedriel; por Tucumán, Juan Ramón Balcarce y Nicolás Laguna, y por San Luis, Agustín Donado.

Aunque se había establecido que sólo las ciudades tenían representación, se permitió que más tarde el ingreso de Francisco Argerich por Luján, y del presbítero Ramón de Anchoris, por el “continente de Entre Ríos” (Concepción del Uruguay, Gualeguay y Gualeguaychú). Más tarde se sumaron el cura José de Amenabar por Santa Fe; Pedro Ignacio de Rivera por Mizque; Gregorio Ferreyra y Simón Díaz de Ramila por Potosí; Angel Mariano Toro y Mariano Serrano por Charcas; Dámaso Fonseca por Maldonado y Pedro Feliciano de Cavia por Montevideo.

Instalación

La Asamblea General Constituyentes se instaló el 31 de enero a las 9 de la mañana, estando ausente varios diputados. Juraron en la Catedral y un hecho relevante fue que por primera vez se omitió la fórmula de lealtad a Fernando VII. Esto significó el rompimiento definitivo con España. Luego los diputados se trasladaron al Consulado donde recibieron el juramento del Triunvirato, pues la Asamblea se había declarado soberana. Juraron, además, empleados civiles, militares, eclesiásticos y las Cámaras de Apelaciones. Acto seguido, se decretó “júbilo y alegría de los amantes de la libertad con iluminación general por tres días”.

Otra de la medida adoptada el primer día, fue que los ejércitos en operaciones prestasen juramento. Belgrano cumplió el 13 de febrero en el río Pasaje, que desde entonces se llama Juramento. En tanto, en Montevideo, José Rondeau debió esperar.

Resoluciones

La Asamblea creó el escudo, el himno y un día de fiesta nacional, aunque disimuladamente los llamó “sello, canción patriótica y día cívico”.

El 2 de febrero, sancionó la “libertad de vientres” y declaró libres a los hijos de esclavos nacidos después del 31 de enero. La norma fue completada el 4 de febrero, cuando declaró libre a “los esclavos que se introduzcan desde ese día, por el solo hecho de pisar el territorio de las Provincias Unidas”.

Meses después, el 21 de mayo de 1813, abolió los instrumentos de tortura, títulos de nobleza, mayorazgos, vinculados y escudos de familia. También llevó adelante la nueva organización de los tribunales y dictó leyes de carácter eclesiástico.

Finalmente, la Asamblea se extinguió cuando fue disuelta por la revolución del 15 de abril de 1815.

El historiador José María Rosas dice de la Asamblea: “Convocada para declarar la independencia y dictar una constitución, no pudo hacer ni lo uno ni lo otro”. Sin embargo, hay que reconocer que fue la Asamblea del Año XIII la que rompió para siempre nuestro vínculo colonial con la corona de España.

.

.

.

PUBLICIDAD