Ayer, la Secretaría de Defensa del Consumidor informó que por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), los comercios, profesionales, centros de salud, culturales o de entretenimiento están obligados a aceptar el pago con tarjeta de débito. El organismo emitió la resolución 3997-E y pone como fecha de inicio el 30 de abril de este año.
inicia sesión o regístrate.
Ayer, la Secretaría de Defensa del Consumidor informó que por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), los comercios, profesionales, centros de salud, culturales o de entretenimiento están obligados a aceptar el pago con tarjeta de débito. El organismo emitió la resolución 3997-E y pone como fecha de inicio el 30 de abril de este año.
Carina Iradi, secretaria de Defensa del Consumidor, explicó que "esta medida apunta a formalizar la mayor cantidad de transacciones comerciales, facilitando este tipo de pagos a consumidores y usuarios". Y agregó: "Permitirá hacer efectivos los beneficios de descuentos para jubilados, pensionados y beneficiarios de planes sociales que paguen a través de tarjeta de débito".
Con esta medida, lo que se busca es blanquear el circuito comercial del país, ya que obliga a los comerciantes a bancarizar sus operaciones. Su implementación se realizará gradualmente y se llevará a cabo de acuerdo a los ingresos obtenidos en el período fiscal 2015.
Cuándo se inicia
A partir del 30 de abril estarán obligados a implementar esta nueva disposición los comercios que vendan al por mayor y por menor, los negocios de reparación de vehículos automotores y motocicletas, además de los servicios de alojamiento y de comida, que tengan ingresos mayores o iguales a cuatro millones de pesos.
A partir del 31 de mayo de 2017, la medida alcanzará a todos los comercios, mayoristas o minoristas, hoteles y restaurantes que tengan ingresos superiores al millón de pesos y menores a cuatro millones de pesos.
Según lo dispuesto por la AFIP, en el caso de los profesionales, centros de salud, de cultura, deportes y de entretenimientos, tendrán que usar el sistema a partir del 31 de julio si su nivel de facturación superó los 4 millones de pesos en el período fiscal 2015.
En tanto, a partir del 31 de agosto deberán contar con posnet quienes hayan facturado entre 1 millón y 4 millones de pesos, y el 30 de septiembre, los que facturaron por menos de 1 millón. Para el resto de los contribuyentes, el posnet será obligatorio a partir del 31 de octubre, 30 de noviembre y 31 de diciembre, según la escala de montos.