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Cambios por el Carnaval en la Ley de Nocturnidad

Jueves, 22 de diciembre de 2016 01:30
<div>CONSENSO/ EL PLENARIO SE CUMPLIÓ EN EL SALÓN PILAR BERMUDEZ DE LA LEGISLATURA.</div><div>
Ayer en plenario, los diputados provinciales que integran las comisiones de Legislación General, Pueblos Indígenas, y Asuntos Sociales, abordaron la modificatoria de la Ley 5.955 para la incorporación de un anexo que trata la "Celebración de la Fiesta Tradicional y Popular del Carnaval".
Este proyecto comprende a todas las fiestas de Carnaval, eventos, peñas, espectáculos sin fines de lucro que no deberán exceder la asistencia de 150 personas. Así también a aquellas con fines de lucro que tendrán que ser debidamente habilitadas por la autoridad de aplicación y abonarán un monto mínimo de 10 unidades de multas.
Los horarios de los eventos bailables serán de 13 a 22 y de 22 a 5.30.
El artículo 7 de este anexo señala que los menores entre 13 y 18 años podrán asistir y permanecer en fiestas, eventos peñas y espectáculos nocturnos, mientras permanezcan acompañados de sus progenitores o un adulto responsable. Queda expresamente prohibida la venta, suministro o provisión de bebidas alcohólicas a menores de 18.
Ante este artículo, el presidente de la comisión de Asuntos Sociales, Germán Fellner, indicó que "plantearemos la modificación del artículo 7, ya que no nos parece correcto el ingreso de menores de edad en las actividades nocturnas".
Asimismo dijo que se está buscando el consenso: "hay que regular todo lo que tiene que ver con las comparsas y el Carnaval".
A su turno el diputado de la UCR, Renán Dada, explicó que se agregará este anexo para sumar un nuevo capítulo para las fiestas de Carnaval. "Estamos trabajando en un despacho de comisiones, los puntos que se tengan que modificar los trabajaremos, pero es importante el consenso
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Ayer en plenario, los diputados provinciales que integran las comisiones de Legislación General, Pueblos Indígenas, y Asuntos Sociales, abordaron la modificatoria de la Ley 5.955 para la incorporación de un anexo que trata la "Celebración de la Fiesta Tradicional y Popular del Carnaval".
Este proyecto comprende a todas las fiestas de Carnaval, eventos, peñas, espectáculos sin fines de lucro que no deberán exceder la asistencia de 150 personas. Así también a aquellas con fines de lucro que tendrán que ser debidamente habilitadas por la autoridad de aplicación y abonarán un monto mínimo de 10 unidades de multas.
Los horarios de los eventos bailables serán de 13 a 22 y de 22 a 5.30.
El artículo 7 de este anexo señala que los menores entre 13 y 18 años podrán asistir y permanecer en fiestas, eventos peñas y espectáculos nocturnos, mientras permanezcan acompañados de sus progenitores o un adulto responsable. Queda expresamente prohibida la venta, suministro o provisión de bebidas alcohólicas a menores de 18.
Ante este artículo, el presidente de la comisión de Asuntos Sociales, Germán Fellner, indicó que "plantearemos la modificación del artículo 7, ya que no nos parece correcto el ingreso de menores de edad en las actividades nocturnas".
Asimismo dijo que se está buscando el consenso: "hay que regular todo lo que tiene que ver con las comparsas y el Carnaval".
A su turno el diputado de la UCR, Renán Dada, explicó que se agregará este anexo para sumar un nuevo capítulo para las fiestas de Carnaval. "Estamos trabajando en un despacho de comisiones, los puntos que se tengan que modificar los trabajaremos, pero es importante el consenso