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Los condenados por la muerte de Thiago apelaron el fallo

El matrimonio Sánchez-Senise acudió a casación en contra de la condena a perpetua que le aplicó la Justicia en agosto pasado.
Miércoles, 18 de octubre de 2017 00:00

Luego de cumplir con todas las formalidades del caso, la Sala III del Tribunal de Juicio elevó al Tribunal de Impugnación los recursos de casación interpuesto por las defensas técnicas de los condenados por la muerte del pequeño Thiago Quipildor. Por sorteo de la mesa distribuidora del Poder Judicial, los expedientes fueron girados a la Sala III del Tribunal de Alzada, integrado por los jueces Rubén Eduardo Arias Nallar, Eduardo Barrionuevo y Pablo Mariño.

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Luego de cumplir con todas las formalidades del caso, la Sala III del Tribunal de Juicio elevó al Tribunal de Impugnación los recursos de casación interpuesto por las defensas técnicas de los condenados por la muerte del pequeño Thiago Quipildor. Por sorteo de la mesa distribuidora del Poder Judicial, los expedientes fueron girados a la Sala III del Tribunal de Alzada, integrado por los jueces Rubén Eduardo Arias Nallar, Eduardo Barrionuevo y Pablo Mariño.

El primer recurso fue planteado por el abogado Orfeo Maggio, el representante legal de Patricia Alejandra Sánchez y su esposo, Víctor Marcelo Senise. La pareja, el 14 de agosto pasado, fue sentenciada a la pena de prisión perpetua. Sánchez fue condenada como autora material y penalmente responsable de los delitos de homicidio doblemente calificado por ensañamiento y por placer en perjuicio de Thiago y tentativa de homicidio doblemente calificado por ensañamiento y por placer en perjuicio de una hermanita del niño. En tanto que a Senise lo condenaron por resultar "partícipe necesario" de los mismos delitos cometidos por su pareja. En el juicio se determinó que los niños, que estaban al cuidado del matrimonio, eran sometidos a brutales castigos por parte de Sánchez y que su esposo actuó como cómplice. Ambos están alojados en la unidad penitenciaria de Villa Las Rosas.

Los otros penados

En la misma resolución, el tribunal que juzgó a los imputados concedió el recurso de casación presentado por el abogado Juan Pablo Rechiutto, patrocinante de Lorena Alejandra Rechiutto, y por Sandra Ortiz, la defensora oficial que asistió a Jacqueline Mónica Rosas. La primera fue sentenciada a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, cuatro años de inhabilitación para ejercer la profesión de psicóloga y diez años para el ejercicio de la función pública por "incumplimiento de los deberes de funcionario público y falsedad ideológica en concurso real en forma continuada". En tanto que Rosas fue condenada a dos años de prisión de ejecución condicional, dos años de inhabilitación para ejercer la profesión de psicóloga y ocho años para el ejercicio de la función pública, también por incumplimiento de los deberes de funcionario público y falsedad ideológica en concurso real, en forma continuada.

Además, se elevó el recurso de casación solicitado por la defensa técnica de la condenada Marina del Huerto Vargas, quien recibió una pena de tres años de prisión de ejecución condicional, cuatro años de inhabilitación para ejercer la profesión de licenciada en Trabajo Social y diez años para el ejercicio de la función pública en concurso real, en forma continuada, como autora material y penalmente responsable de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y falsedad ideológica en concurso real, en forma continuada.

Finalmente, los jueces concedieron el recurso de casación a Sergio Alejandro Gonza, condenado a un año de prisión de ejecución condicional. Al nombrado le aplicaron dos años de inhabilitación para ejercer la profesión de médico por resultar autor material y penalmente responsable del delito de falsedad ideológica. El profesional es asistido en esta causa por los abogados Domingo Vargas y Sebastián Flores. Las penas aplicadas a los nombrados es de ejecución condicional, y por ello permanecen en libertad.

El Tribunal de Impugnación deberá expedirse al respecto, confirmando o revocando el fallo que dictaron los jueces Pablo Farah, Gabriela González y Carolina Sanguedolce.

Cuadro horroroso
El juicio por el caso Thiago determinó que hubo negligencias y complicidades por acción u omisión de parte del Estado al no haber ejercido los controles para garantizar la integridad física del niño y de otros tres hermanos que fueron entregados en guarda al matrimonio Sánchez-Senise. Cuando el 18 de julio de 2015 se produjo la muerte del menor de 4 años, los médicos diagnosticaron que presentaba múltiples lesiones en su cuerpo, lo que confirmó que durante el tiempo que permaneció al “cuidado” de los padres sustitutos fue víctima de vejaciones y crueles torturas. Lo propio ocurrió con una hermanita de 8 años, quien fue rescatada a tiempo. Con este cuadro de horror, en el juicio se probó que hubo negligencia de las operadoras del Ministerio de Derechos Humanos, quienes tenían la misión de controlar el buen cuidado de los niños por parte de sus cuidadores.

 

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